Resolución 003404, por la cual se establecen los principios generales para la delegación, se delegan unas funciones y se establece la coordinación de las funciones delegadas - 20 de Diciembre de 1999 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43130304

Resolución 003404, por la cual se establecen los principios generales para la delegación, se delegan unas funciones y se establece la coordinación de las funciones delegadas

EmisorMinisterio de Comunicaciones
Número de Boletín43823

DIARIO OFICIAL 43.823 RESOLUCIÓN 003404 16/12/1999 por la cual se establecen los principios generales para la delegación, se delegan unas funciones y se establece la coordinación de las funciones delegadas. La Ministra de Comunicaciones en ejercicio de sus facultades legales, en especial las establecidas en la Ley 489 de 1998 y en el Decreto 1130 de 1999, y CONSIDERANDO: Que las funciones del Ministerio de Comunicaciones sirven como instrumento para cumplir objetivos constitucionales y legales, tales como: asegurar la prestación eficiente de los servicios públicos de telecomunicaciones a todos los habitantes del territorio y, en particular, coordinar los organismos y entidades del sector; desarrollar y dirigir las relaciones con los organismos internacionales de telecomunicaciones y representar al país en tales organizaciones, ejercer las funciones relativas al otorgamiento, actualización y modificación de los títulos de habilitación para servicios y el registro de redes, planificar, gestionar, administrar y controlar el espectro radioeléctrico; expedir los actos generales y particulares que se derivan de estas atribuciones, someter a su competencia a todos los operadores de servicios y redes, y a las actividades y sistemas de acuerdo con la ley; Que el Capítulo Segundo de la Ley 489 de 1998 establece los principios y finalidades de la función Administrativa, disponiendo que ésta se desarrollará conforme a los principios constitucionales, en particular los atinentes a la buena fe, igualdad, moralidad, celeridad, economía, imparcialidad, eficacia, eficiencia, participación, publicidad, responsabilidad y transparencia; y precisa que la función administrativa del Estado busca la satisfacción de las necesidades generales de todos los habitantes, consultando el interés general de conformidad con los principios, finalidades y cometidos consagrados en la Constitución Política; Que el Ministerio de Comunicaciones debe propender por la delegación y desconcentración de sus funciones; Que las autoridades administrativas en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la Ley 489 de 1998, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias. RESUELVE: CAPITULO I Disposiciones comunes Artículo 1º. Principios para el ejercicio de las funciones delegadas. Las funciones que por esta Resolución se delegan y las que en, el futuro se deleguen serán ejercidas cumpliendo los principios generales de igualdad, moralidad, eficiencia, economía, celeridad, imparcialidad, publicidad, eficacia, participación, responsabilidad, transparencia y buena fe de la Administración Pública. Los funcionarios del Ministerio han de actuar con diligencia y cuidado, de manera que cumplan efectivamente las tareas y los fines a su cargo, eviten causar perjuicios a personas, bienes e instituciones, y resarzan los daños que ocasionen en desarrollo de sus funciones. Dicha responsabilidad tiene el alcance que le otorgan la Constitución y la ley. Las personas interesadas que puedan verse afectadas por decisiones y actuaciones de cualquier naturaleza están plenamente facultadas para oponer sus argumentos, pruebas y recursos con el fin de hacer efectivos el reconocimiento y la protección de sus derechos. Las personas con interés legítimo tienen derecho a intervenir en la planeación y en los procesos de adopción de reglamentos, regulaciones, programas y proyectos. Los principios generales, particulares y especiales consagrados en la ley tienen fuerza vinculante y, en consecuencia, generan derechos y obligaciones exigibles. Artículo 2º. Obligaciones del delegante. Le corresponde al Ministro de Comunicaciones como autoridad delegante: a) Coordinar el ejercicio de las funciones delegadas; b) Vigilar el cumplimiento de las políticas e instrucciones dentro de las cuales se deben ejercer las funciones delegadas; c) Informarse en todo momento sobre el desarrollo de las delegaciones otorgadas. Artículo 3º. Obligaciones del delegado. Son obligaciones de todo funcionario delegado, las siguientes: a) No delegar las funciones, atribuciones y potestades que le han sido delegadas; b) Ejercer las delegaciones en cumplimiento de los principios co nsagrados en la Constitución; c) Responder porque las funciones delegadas se ejecuten en desarrollo de las políticas que haya adoptado el Ministerio y de las instrucciones que haya recibido; d) Realizar las funciones delegadas de manera coordinada; e) Suministrar toda la información requerida para permitir el adecuado y oportuno control de las funciones delegadas. Artículo 4º. Coordinación de las funciones delegadas. En virtud del principio de coordinación y colaboración previsto en el artículo sexto de la Ley 489 de 1998, corresponde al Ministro y al Viceministro de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR