Resolución 00353, por la cual se amplía el término de la suspensión de la importación de bovinos, ovinos, porcinos, demás especies susceptibles y sus productos de riesgo de transmitir Fiebre Aftosa, procedentes de Venezuela prorrogada mediante la Resolución número 3015 del 29 de octubre de 2003. - 3 de Marzo de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43204789

Resolución 00353, por la cual se amplía el término de la suspensión de la importación de bovinos, ovinos, porcinos, demás especies susceptibles y sus productos de riesgo de transmitir Fiebre Aftosa, procedentes de Venezuela prorrogada mediante la Resolución número 3015 del 29 de octubre de 2003.

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano Agropecuario
Número de Boletín45479

El Gerente General del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere los Decretos números 2141 de 1992, 1840 de 1994, Resolución 447 de 1997 de la Comunidad Andina, y el Acuerdo 008 de 2001, y

CONSIDERANDO:

Que según la Resolución 3015 del 29 de octubre de 2003, que amplió en términos la Resolución 1633 de junio 24 de 2003, se mantuvo la suspensión del ingreso al país de bovinos, ovinos, porcinos, demás especies susceptibles y sus productos de riesgo procedentes de Venezuela;

Que Venezuela continúa presentando focos de enfermedad vesicular próximos a la frontera, situación que pone en riesgo el estatus sanitario alcanzado por Colombia,

RESUELVE:

Artículo 1º

Ampliar el término de la suspensión del ingreso al país de bovinos, ovinos, porcinos, demás especies susceptibles y sus productos de riesgo procedentes de Venezuela por el término de cuatro (4) meses calendario contados a partir del 29 de febrero del presente año, tiempo en el cual el Instituto Colombiano Agropecuario evaluará el riesgo de introducción de la enfermedad a Colombia, mediante la revisión de la información oficial actualizada, enviada por el SASA sobre la situación epidemiológica y verificación in situ por funcionarios del ICA.

Artículo 2º La presente resolución rige a partir de la fecha...

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