Resolución 00357, por medio de la cual se modifica el manual de procedimientos y se fijan los criterios técnicos y jurídicos para el trámite y procedimiento de las quejas formuladas ante la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada en desarrollo de sus actividades - 11 de Marzo de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43173189

Resolución 00357, por medio de la cual se modifica el manual de procedimientos y se fijan los criterios técnicos y jurídicos para el trámite y procedimiento de las quejas formuladas ante la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada en desarrollo de sus actividades

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de la Economía Solidaria
Número de Boletín44736

El Superintendente de Vigilancia y Seguridad Privada, en ejercicio de las facultades legales contempladas en la Ley 190 de 1995 artículo 53 y ss en armonía con el Decreto 2453 de 1993 y Decreto 356 de 1994, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 190 en su artículo 53, ordena que en toda entidad pública debe existir una dependencia encargada de recibir, tramitar y resolver las quejas y reclamos que los ciudadanos formulen y que se relacionen con el cumplimiento de la misión de la entidad y asigna a la Oficina de Control Interno la vigilancia para que la atención se preste de acuerdo con las normas legales vigentes;

Que de conformidad con lo ordenado por el artículo 4° numeral 19 del Decreto 2453 de 1993, corresponde a la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada atender los reclamos de la ciudadanía sobre los servicios de vigilancia y seguridad privada prestados por las entidades vigiladas y las denuncias sobre la prestación de este servicio por personas naturales o jurídicas no autorizadas;

Que dentro de las funciones del Superintendente de Vigilancia y Seguridad Privada establecidas en el artículo 6° numerales 1, 10 y 18, del mencionado Decreto están, entre otras, la de dirigir y señalar las políticas generales de esta entidad; reasignar y distribuir competencias entre las diferentes dependencias cuando sea necesario para el mejor desempeño y expedir los actos administrativos y demás normas complementarias, así como los reglamentos y manuales instructivos que sean necesarios para el cabal cumplimiento de las funciones de la entidad;

Que en cumplimiento de los anteriores preceptos legales y en especial del artículo 20 numerales 20 al 22 del Decreto 2453 de 1993, se establece que dentro de las funciones de la Secretaria General de esta entidad deberá mantenerse un servicio de atención de quejas, e información y consulta sobre los servicios de vigilancia privada en forma permanente para la ciudadanía, el cual se encargará de tramitar las quejas, denuncias y reclamos presentados por el público a fin de que se realice el proceso legal de comprobación, adopción de correctivos y aplicación de sanciones a que hubiere lugar y hacer el seguimiento a los reclamos presentados por la ciudadanía e informar a los reclamantes las acciones realizadas por la Superintendencia para atenderlos;

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 54 de la Ley 190 de 1995, le corresponde a la Secretaría General de la entidad, informar periódicamente al Superintendente, sobre el desempeño de sus funciones, referente a las quejas, denuncias o reclamos que se presenten ante la Entidad;

Que para el desarrollo de dicha función se creó un Grupo Interno de Trabajo, para recepcionar, adelantar el trámite y resolver las quejas, denuncias y reclamos presentados por el público en general a través de la Oficina de Quejas y Reclamos de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, por medio de la Resolución número 3025 del 30 de mayo de 1996;

Que a través de las distintas Regionales de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada ubicadas en las ciudades de Cali, Medellín, Bucaramanga, Ibagué y Barranquilla también se prestará la colaboración pertinente en el trámite de las quejas y reclamos, de acuerdo con las facultades asignadas o delegadas;

Que con fundamento en las anteriores consideraciones, se hace necesario formular una serie de previsiones en relación con las funciones de control, inspección y vigilancia otorgadas en virtud del Decreto 2453 de 1993 y Decreto 356 de 1994 a la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada;

Que se hace necesario definir el trámite y/o procedimiento interno que debe seguir una queja o reclamo, presentada por la ciudadanía en la Oficina de Quejas y Reclamos.

Por lo anterior,

RESUELVE:

CAPITULO I Artículos 1 a 3

Aspectos Generales

Artículo 1° Objeto

El objeto de la presente Resolución es establecer e implementar el trámite y/o procedimiento interno de una queja o reclamo, que se presente ante la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, en relación con los servicios y la Industria de la Vigilancia y la Seguridad Privada, como misión de la entidad.

Artículo 2° Concepto

Entiéndese por queja, denuncia o reclamo toda comunicación oral o escrita, mediante la cual se informa sobre uno o varios hechos que puedan representar violación a los principios, deberes y obligaciones, que se derivan de la prestación del servicio de vigilancia y seguridad privada...

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