Resolución 004584, por la cual se ordena la apertura de la Licitación Pública número SCV-062-99, para la rehabilitación y conservación del puente rio Cobaría de la carretera La Lejia-Saravena - 4 de Noviembre de 1999 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43130119

Resolución 004584, por la cual se ordena la apertura de la Licitación Pública número SCV-062-99, para la rehabilitación y conservación del puente rio Cobaría de la carretera La Lejia-Saravena

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Nacional de Vías
Número de Boletín43767

DIARIO OFICIAL 43.767 RESOLUCIÓN 004584 27/10/1999 por la cual se ordena la apertura de la Licitación Pública número SCV-062-99, para la rehabilitación y conservación del puente rio Cobaría de la carretera La Lejia-Saravena. El Director General en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, en especial de las que le confieren el artículo 60 del Decreto 2171 del 30 de diciembre de 1992; el artículo 16 del Decreto 288 del 8 de febrero de 1995, el numeral 1° del artículo 11 y el numeral 1 del artículo 30 de la Ley 80 de 1993, y CONSIDERANDO: Que dentro de los planes y programas del Instituto Nacional de Vías para el año 1999 y de acuerdo con los reportes del Grupo de Puentes, los Administradores Viales y la Dirección Regional Norte de Santander, la Subdirección de Conservación ha contemplado la rehabilitación y conservación del puente río Cobaría de la carretera La Lejía-Saravena; Que en el presupuesto de inversión del INV. para el año 1999, existen los recursos presupuestales para la presente contratación, según consta en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal número 1417 de octubre 22 de 1999; Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1°. Ordenar la apertura de la Licitación Pública número SCV-062-99, para la rehabilitación y conservación del puente río Cobaría de la carretera La Lejía-Saravena. Artículo 2°. En la presente licitación podrán participar las personas naturales o jurídicas, en Consorcio o Unión Temporal. Las personas naturales o jurídicas, integrantes o no de consorcios o uniones temporales, deben estar inscritas en el registro de Constructores de la Cámara de Comercio en la especialidad 08. Obras de Transporte y Complementarios, grupo 01 vías...

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