Resolución 0046, por medio de la cual la Junta Directiva del Fondo de Garantías de Entidades Cooperativas autoriza y ordena la participación de Fogacoop en el patrimonio de la Central Cooperativa Financiera para la Promoción Social Ltda., Coopcentral - 29 de Diciembre de 1999 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43130689

Resolución 0046, por medio de la cual la Junta Directiva del Fondo de Garantías de Entidades Cooperativas autoriza y ordena la participación de Fogacoop en el patrimonio de la Central Cooperativa Financiera para la Promoción Social Ltda., Coopcentral

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín43833

DIARIO OFICIAL 43.833 RESOLUCIÓN 0046 28/12/1999 por medio de la cual la Junta Directiva del Fondo de Garantías de Entidades Cooperativas autoriza y ordena la participación de Fogacoop en el patrimonio de la Central Cooperativa Financiera para la Promoción Social Ltda., Coopcentral. La Junta Directiva de Fogacoop, CONSIDERANDO: Primero. Que mediante el Decreto 2206 del 29 de octubre de 1998, se creó el Fondo de Garantías de Entidades Cooperativas, cuyo objeto principal consiste en la protección de la confianza de los depositantes y ahorradores de las entidades cooperativas inscritas, preservando el equilibrio y la equidad económica e impidiendo injustificados beneficios económicos o de cualquiera otra naturaleza a los asociados y administradores causantes de perjuicios a las entidades cooperativas. Segundo. Que de acuerdo con lo establecido en el numeral primero, artículo , en el artículo 10 y en el numeral 10 del artículo 16 del Decreto 2206 de 1998, una de las facultades asignadas al Fondo, es la de participar patrimonialmente en las cooperativas inscritas a fin de conseguir el fortalecimiento de las mismas, bajo el entendido que éstas continúan siendo económicamente viables, todo lo cual se reglamentó por Resolución número 0045 de la Junta Directiva del Fondo. Tercero. Que la Junta Directiva del Fondo, mediante Acta número 05 de fecha 14 de julio de 1999, autorizó la inscripción de la Central Cooperativa Financiera para la Promoción Social Ltda., Coopcentral, organismo cooperativo de grado superior de carácter financiero, condicionándola a la suscripción de un convenio de apoyo financiero con Fogacoop a fin de proceder con la reestructuración administrativa y financiera de la cooperativa. Cuarto. Que el convenio de apoyo financiero suscrito por Coopcentral y Fogacoop el día 20 de agosto de 1999, hasta por $7.000 millones, cuantía que fue adicionada en dos mil millones de pesos ($2.000.000.000.00) moneda corriente, mediante otrosí celebrado el día 23 de septiembre de 1999, para completar un total de nueve mil millones de pesos ($9.000.000.000.00) moneda corriente, dicho convenio contempla mecanismos de apoyo tales como compra de activos, compra de cartera, así como un plan de reestructuración administrativa cuyo objetivo es la reducción de gastos a fin de cumplir por esta vía con un efecto patrimonial similar al de una capitalización directa. Quinto. Que la Superintendencia Bancaria mediante Comunicación 1999061455-0 del 30 de septiembre de 1999, ordenó la capitalización de la cooperativa por un valor de diez mil millones de pesos ($10.000.000.000.00) moneda legal, estableciendo como término para realizar tal capitalización el día 31 de octubre de 1999. Dicha medida no ha sido cumplida una vez que la entidad solicitó plazo para definir el tema hasta el 15 de diciembre...

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