RESOLUCION 006210 RD 6227 - 2 de Enero de 2018 - Registro distrital - Legislación - VLEX 700699953

RESOLUCION 006210 RD 6227

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 6227 2 ENERO 2018
EmisorInstituto de Desarrollo Urbano
1
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6227 • pP. 1-1 • 2018 • ENERO 2
SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD
Resolución Número 249
(Diciembre 29 de 2017)
“Por la cual se hace un nombramiento ordinario”
LA SECRETARIA DISTRITAL DE MOVILIDAD (E)
En ejercicio de sus facultades legales y entre
ellas las conferidas por los Decretos Nacionales
1083 de 2015 y 648 de 2017, la Ley 909 de 2004 y
los Decretos Distritales 101 de 2004, 567 de 2006,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Nombrar a JUAN CARLOS ES-
PELETA SANCHEZ, identificado con la cédula de
ciudadanía No. 85.462.191, en el cargo de SUB-
DIRECTOR TÉCNICO CÓDIGO 068 GRADO 05
– Subdirección de Investigaciones de Transporte
Público de la planta de empleos de la Secretaría
Distrital de Movilidad, con una asignación básica
mensual de $ 4.978.031 y gastos de representación
de $1.493.409.
ARTÍCULO 2°. - La presente resolución rige a partir
de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los veintinueve
(29) días del mes de diciembre de dos mil
diecisiete (2017).
DIANA LUCIA VIDAL CAICEDO
Secretaria Distrital de Movilidad (E)
INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO - IDU
Resolución Número 006210
(Diciembre 1 de 2017)
“Por el cual se Actualiza el Manual Único de
Control y Seguimiento Ambiental y de Seguridad
y Salud en el Trabajo - SST del IDU”
LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DE
DESARROLLO URBANO,
en ejercicio de las facultades que le confiere el
Acuerdo 19 de 1972 emitido por el Concejo de
Bogotá, los Acuerdos No 001 y 002 de 2009 y 002
de 2017, expedidos por el Consejo Directivo del
IDU y demás disposiciones concordantes, y
CONSIDERANDO:
lombia, señala que la función administrativa está al
servicio de los intereses generales y se desarrolla con
fundamentos en los principios de igualdad, moralidad,
ecacia, economía, celeridad, imparcialidad y publici-
dad, mediante la descentralización de funciones y que
la administración pública tendrá un control interno que
se ejercerá en los términos que señale la ley.
Colombia señala que, en las entidades públicas las
autoridades correspondientes están obligadas a
diseñar y aplicar, según la naturaleza de sus funcio-
nes, métodos y procedimientos de control interno, de
conformidad con lo que disponga la ley, la cual podrá
establecer excepciones y autorizar la contratación de
dichos servicios con empresas privadas colombianas.
Que el artículo 1° de la Ley 87 de 1993, “Por la cual se
establecen normas para el ejercicio del control interno
en las entidades y organismos del estado y se dictan
otras disposiciones” indica que, el control interno es
RESOLUCIONES DE 2017
AÑO 51
Número 6227
2018 ENERO 2
REGISTRO
DISTRITAL
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6227 • pP. 1-2 • 2018 • ENERO 2
2
el sistema integrado por el esquema de organización
y el conjunto de los planes, métodos, principios, nor-
mas, procedimientos y mecanismos de vericación
y evaluación adoptados por una entidad, con el n
de procurar que todas las actividades, operaciones
y actuaciones, así como la administración de la infor-
mación y los recursos, se realicen de acuerdo con las
normas constitucionales y legales vigentes dentro de
las políticas trazadas por la dirección y en atención a
las metas u objetivos previstos.
Que el parágrafo del mismo artículo indica que el
control interno se expresará a través de las políticas
aprobadas por los niveles de dirección y administra-
ción de las respectivas entidades y se cumplirá en
toda la escala de estructura administrativa, mediante
la elaboración y aplicación de técnicas de dirección,
vericación y evaluación de regulaciones administra-
tivas, de manuales de funciones y procedimientos, de
sistemas de información y de programas de selección,
inducción y capacitación de personal.
Que la Ley 99 de 1993, “Por la cual se crea el Mi-
nisterio del Medio Ambiente, se reordena el Sector
Público encargado de la gestión y conservación del
medio ambiente y los recursos naturales renovables,
se organiza entre otros el Sistema Nacional Ambiental,
SINA, y se dictan otras disposiciones”, se reorganiza
la gestión y conservación del medio ambiente y esta-
blecen los principios generales ambientales a los que
deben acogerse todas las Entidades Públicas.
Que la Ley 489 de 1998, “Por la cual se dictan normas
sobre la organización y funcionamiento de las entida-
des del orden nacional, se expiden las disposiciones,
principios y reglas generales para el ejercicio de las
atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del
otras disposiciones”, en su artículo 4 establece como
nalidad de la función administrativa la satisfacción de
las necesidades generales de todos los habitantes, de
conformidad con los principios, nalidades y cometidos
consagrados en la Constitución Política.
Que de conformidad con el artículo 2° del Decreto
Nacional 1537 de 2001 “Por el cual se reglamenta
parcialmente la Ley 87 de 1993 en cuanto a elementos
técnicos y administrativos que fortalezcan el sistema
de control interno de las entidades y organismos del
Estado.”, se establece que para efectos de dar cumpli-
miento al Control Interno en las organizaciones públi-
cas, éstas elaborarán, adoptarán y aplicarán manuales
a través de los cuales se documentarán y formalizaran
los procedimientos a partir de la identicación de los
procesos institucionales.
Que mediante Resolución 447 de 2012, “Por la cual
se reglamenta el Sistema Integrado de Gestión, se
reorganiza su Sistema de Coordinación Interna y se
crean los equipos institucionales”, el IDU acató los
lineamientos establecidos en la Normatividad Distrital
NTD GP 1000:2009 y la norma de gestión distrital NTD
SIG 001:2011
Que los manuales, procesos, procedimientos, guías,
especificaciones, instructivos, cartillas, códigos y
formatos agilizan las actuaciones administrativas,
dan transparencia y claridad a los procesos, actúan
como instrumentos de capacitación, entrenamiento y
gestión garantizando el cumplimiento de los principios
constitucionales y legales.
Que en mérito de lo expuesto, la Directora General
del IDU.
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Actualizar el Manual Único
de Control y Seguimiento Ambiental y de Seguridad
y Salud en el Trabajo - SST del IDU, Versión 2.0, en
cuanto a términos y deniciones, se añade ujograma
de los residuos de construcción y demolición, RCD, y
se establece el manejo para residuos de construcción y
demolición, RCD, no susceptibles de aprovechamiento
por estar contaminados con residuos peligrosos, el cual
forma parte integral de esta Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: La presente resolución rige
a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., al primer (1) día del mes
de diciembre de dos mil diecisiete (2017).
YANETH ROCÍO MANTILLA BARÓN
DIRECTORA GENERAL
3
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6227 • pP. 1-3 • 2018 • ENERO 2
MANUAL
ÚNICO DE CONTROL Y SEGUIMIENTO AMBIENTAL Y DE SST DEL IDU
CÓDIGO
MG-AC-02
PROCESO
GESTIÓN AMBIENTAL, CALIDAD & SST
VERSIÓN
2.0
Formato: FO-AC-02 Versión: Página 1 de 98 Vo.Bo. OAP:
MANUAL
ÚNICO DE CONTROL Y SEGUIMIENTO
AMBIENTAL Y DE SST DEL IDU
Control de Versiones
Versión
Fecha Descripción Modificación Folios
1.0 05 Junio 2017
Se crea el documento, este Manual reúne los siguientes documentos
Seguimiento Ambiental para Proyectos de
Bogotá D.C.
96
2.0
residuos de construcción y demolición
contaminados con residuos peligrosos; se añade flujograma de RCD.
98
Participaron en la elaboración:
Maribel Otero Rodríguez, Contratista DG
Angela Eleonora Parra, Contratista SGI
Sandra Mayerly Aguilar, Contratista DTP
William Adrián Alarcón, Contratista DTP
José Alberto Navarrete Rodríguez, Prof. Esp. 04, SGDU
Liliana Carolina Pérez, Contratista SGI
Walter Mauricio Mogollón Márquez, Contratista SGI
Ciro Adolfo Castellanos Rodríguez, Contratista DTC
Andrea Santacruz González, Contratista DTC
Néstor Fabián Gómez Carvajal, Contratista OAP
(El alcance de participación en la elaboración de este documento
corresponde a las funciones del área que representan)
Validado por
Revisado Y Aprobado por
Revisado y Aprobado por
Isauro Cabrera Vega
Jefe Oficina Asesora de Planeación
Edgar Francisco Uribe Ramos
Subdirector General de Infraestructura
Rafael Eduardo Abuchaibe López
Subdirector General de Desarrollo
Urbano

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR