Resolución 00642, por la cual se adopta el Manual de interventoría, se reglamentan funciones, atribuciones y responsabilidades de quienes ejercen el control y seguimiento de los contratos y convenios.
Emisor | Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural |
Número de Boletín | 44252 |
DIARIO OFICIAL 44.252 RESOLUCIÓN 00642 05/12/2000 por la cual se adopta el Manual de interventoría, se reglamentan funciones, atribuciones y responsabilidades de quienes ejercen el control y seguimiento de los contratos y convenios. VEl Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 80 de 1993, y CONSIDERANDO: Que el artículo 30 de la Ley 80 de 1993, establece que "... los servidores públicos tendrán en consideración que al celebrar los contratos y con la ejecución de los mismos, las entidades buscan el cumplimiento de los fines estatales, la continua y eficiente prestación de los servicios públicos y la efectividad de los derechos e intereses de los administrados que colaboran con ellas en la consecución de dichos fines"; Que el artículo 51 de la Ley 80 de 1993, prescribe que "El servidor público responderá disciplinaria, civil y penalmente por sus acciones y omisiones en la actuación contractual en los términos de la Constitución y de la Ley"; Que con el proceso de contratación administrativa y la ejecución de los contratos, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural busca dar el cumplimiento a la función pública a él encomendada; Que para garantizar un control eficiente y eficaz a la ejecución de los contratos se requiere adoptar el manual de interventoría y determinar en forma clara y precisa las funciones, atribuciones y responsabilidades de los interventores conforme a lo previsto en la ley. Por lo anteriormente expuesto, RESUELVE: Artículo 1°. Objetivos. La presente reglamentación persigue la óptima coordinación en el control y seguimiento de la ejecución de los contratos, con el fin de atender los principios legales que deben caracterizar la contratación administrativa y proteger los recursos de la Entidad procurando su adecuada administración ante posibles riesgos que los afecten. Así mismo, busca garantizar la eficacia y economía en la contratación administrativa del Ministerio, promoviendo la correcta ejecución de los contratos para lograr la misión Institucional. Artículo 2°. Designación del Interventor. Se denominan interventores todas aquellas personas a quienes el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural les haya asignado la responsabilidad Institucional, del control o seguimiento de los contratos celebrados por la Entidad. Cuando se designe a una persona el cumplimiento de la función de ejercer el control de ejecución del contrato, esta deberá...
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