Resolución 008, por la cual se reconoce y ordena un pago
Emisor | Varios - Fuerzas Militares de Colombia - Ejército Nacional - Batallón de ASPC 18 ST. Rafael Aragona |
Número de Boletín | 46531 |
El Ejecutivo y Segundo Comandante del Batallón de A.S.P.C número 18, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 80 de 1993, decretos reglamentarios y Resolución 0535 de 2004,
CONSIDERANDO:
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Que se presentó la necesidad de adquirir Servicios Médicos y Hospitalarios con destino al personal de beneficiarios del Subsistema de Salud de las Fuerzas Militares Dispensario Médico Batallón de A.S.P.C número 18.
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Que en el área descrita anteriormente se presentó Urgencias Vitales que requería la atención y apoyo inmediato por parte de las unidades prestadoras de salud al personal de usuarios del Subsistema de Salud de las Fuerzas Militares Dispensario Médico.
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Que los servicios Médicos Hospitalarios deben ser suministrados de forma inmediata.
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Que la Superintendencia Nacional de Salud en su Circular Externa 014 del 28 de diciembre de 1995 imparte instrucciones al régimen subsidiado, no subsidiado y excepción de Ley 100 de 1993 para garantizar la atención.
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Que en atención a lo anterior es necesario establecer el reconocimiento y pago en la adquisición de Servicios Médicos Hospitalarios de Urgencias suministrados al personal de usuarios.
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Que se incurrió en un gasto de setenta y seis millones cuatrocientos setenta y tres mil cuarenta y cinco pesos ($76.47 3.045.00) moneda corriente como suma total de Servicios Médicos asistenciales suministrados al Batallón de A.S.P.C número 18 ¿ST. Rafael Aragona¿,
RESUELVE:
Cúmplase.
Dada en Arauca, a 15 de septiembre de 2006.
El Director del Dispensario Médico NR-18,
TE. Pinilla Guerrero William.
El Ejecutivo y Segundo Comandante del Batallón de A.S.P.C número 18,
Mayor Henry Plaza Mañozca.
REGISTRO PRESUPUESTAL DE COMPROMISO
UNIDAD 11
REGIONAL AA2S
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