Resolución 0085, por la cual se hace una delegación y se establece el procedimiento para la devolución de saldos por concepto de tasa. - 4 de Febrero de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43218799

Resolución 0085, por la cual se hace una delegación y se establece el procedimiento para la devolución de saldos por concepto de tasa.

EmisorSuperintendencias - Superintendencia Nacional de Salud
Número de Boletín45812

El Superintendente Nacional de Salud, en ejercicio de sus atribuciones normativas, en especial las contenidas en la Ley 100 de 1993, el artículo 98 de la Ley 488 de 1998, el Decreto 1259 de 1994 y el Decreto 1405 de 1999, y

CONSIDERANDO:

  1. Que la Superintendencia Nacional de Salud es un organismo de carácter técnico, adscrito al Ministerio de la Protección Social, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente.

  2. Que, de conformidad con lo previsto en los numerales 1, 13 y 14 del artículo 7º del Decreto 1259 de 1994, corresponde al Superintendente Nacional de Salud señalar las políticas generales de la entidad, reasignar y distribuir competencias entre las distintas dependencias y expedir los actos administrativos, reglamentos y manuales, necesarios para el cabal desempeño de las funciones institucionales.

  3. Que el artículo 98 de la Ley 488 de 1998 establece que las entidades de derecho público o privadas y las entidades sin ánimo de lucro, con excepción de las beneficencias y loterías, cuya inspección y vigilancia corresponda a la Superintendencia Nacional de Salud, cancelarán una tasa anual destinada a garantizar el cumplimiento o desarrollo de las funciones propias de la Superintendencia.

  4. Que el Decreto 1405 de 1999, por su parte, señala el sistema y el método para la fijación de la tasa anual que cancelarán las entidades cuya inspección, vigilancia y control corresponda a la Superintendencia Nacional de Salud.

  5. Que la tasa en favor de la Superintendencia Nacional de Salud, puede llegar a ser pagada por entidades que no están...

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