Resolución 008747, por la cual se modifica el artículo 1° de la Resolución 001051 del 27 de febrero de 2001 y se dictan otras disposiciones - 25 de Octubre de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43166401

Resolución 008747, por la cual se modifica el artículo 1° de la Resolución 001051 del 27 de febrero de 2001 y se dictan otras disposiciones

EmisorMinisterio de Transporte
Número de Boletín44593

DIARIO OFICIAL 44.593 RESOLUCIÓN 008747 19/10/2001 por la cual se modifica el artículo 1° de la Resolución 001051 del 27 de febrero de 2001 y se dictan otras disposiciones. El Viceministro de Transporte encargado de las Funciones del Despacho del Ministro, en uso de sus facultades legales conferidas por el Decreto número 101 del 2 de febrero del 2000, y CONSIDERANDO: Que mediante Resolución número 0003038 del 17 de octubre de 2000 se autorizó el cobro de la tasa de peaje en la estación de recaudo denominada San Juan, localizada en el P.R. 61+400 en la vía La Paz-Buenavista del sector San Juan-Buenavista; Que en reunión celebrada el día 8 de septiembre de 2001 se acordó con los diferentes usuarios de la vía, los transportadores y representantes, de la administración municipal, modificar la tarifa diferencial preestablecida en la Resolución número 1051 del 27 de febrero de 2001; Que la Ley 105 de 1993, en su artículo 21, literal d), establece que: ¿Las tasas de peaje serán diferenciales, es decir, se fijarán en proporción a las distancias recorridas, las características vehiculares y sus respectivos costos de operación¿; Que el artículo 6° ¿Funciones del Ministro¿ del Decreto 101 del 2 de febrero de 2000, determina en su numeral 9 lo siguiente: ¿El Ministro de Transporte cumplirá además de las funciones que determina el artículo 61 de la Ley 489 de 1998, las de: Establecer los sitios y las tarifas de peaje que deban cobrarse por el uso de las vías a cargo de la Nación¿; En mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1°. Modificar el artículo 1° de la Resolución 001051 del 27 de febrero de 2001 el cual quedará así: ¿Crear la Categoría I Especial y establecer una tarifa diferencial de seiscientos pesos ($600) m/cte., en la caseta de recaudo denominada San Juan, ubicada en el P.R.61+400 en la vía La Paz-Buenavista, tarifa que se incrementará anualmente...

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