Resolución 00936, por la cual se modifican las Resoluciones 09704 de octubre 25 de 2004 y 0577 de enero 27 de 2005, que establecen el grupo de personas naturales, personas jurídicas y demás entidades, que deben suministrar la información a que se refieren los literales a), e), f), h), i) y k) del artículo 631 del Estatuto Tributario a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para el año gravable 2004. - 14 de Febrero de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43219103

Resolución 00936, por la cual se modifican las Resoluciones 09704 de octubre 25 de 2004 y 0577 de enero 27 de 2005, que establecen el grupo de personas naturales, personas jurídicas y demás entidades, que deben suministrar la información a que se refieren los literales a), e), f), h), i) y k) del artículo 631 del Estatuto Tributario a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para el año gravable 2004.

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Número de Boletín45822

El Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en uso de sus facultades legales consagradas en el artículo 19 literal b) del Decreto 1071 de 1999 y en los artículos 631, 631-2, 633 y 684 del Estatuto Tributario,

RESUELVE:

Artículo 1º

Para efectos de la información a reportar según lo establecido en el artículo 23 de la Resolución 09704 de octubre 25 de 2004, modificado por el artículo 1º de la Resolución 0577 de enero 27 de 2005, en el registro tipo 2 el campo Dirección (posición 136-175) y código departamento municipio (posición 176-180), se podrán dejar en blanco para el año gravable 2004, cuando no sea posible obtener dicha información. No obstante lo anterior, los campos dirección, código y departamento, serán obligatorios para el año gravable 2005.

Artículo 2º Vigencia

La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 8 de febrero de 2005.

El Director General,

Mario Alejandro Aranguren Rincón.

(C.F.)

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