Resolución 00989, por la cual se conforma la Comisión Nacional de Salud Ocupacional del Sector Público - 21 de Agosto de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43163309

Resolución 00989, por la cual se conforma la Comisión Nacional de Salud Ocupacional del Sector Público

EmisorMinisterio de Trabajo y Seguridad Social
Número de Boletín44526

DIARIO OFICIAL 44.526 RESOLUCIÓN 00989 05/06/2001 por la cual se conforma la Comisión Nacional de Salud Ocupacional del Sector Público. El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 15 del Decreto 1530 de 1996, y CONSIDERANDO: Que el objetivo básico del Sistema General de Riesgos Profesionales es la promoción de la Salud Ocupacional y la prevención de los riesgos laborales, para evitar accidentes de trabajo y enfermedades profesionales; Que se requiere implementar acciones, programas y campañas de prevención y promoción de carácter nacional para el sector público, con la participación del Gobierno Nacional, trabajadores, empleadores, gremios, administradoras de riesgos profesionales y demás actores del Sistema General de Riesgos Profesionales; Que las empresas públicas se encuentran adelantando actividades en salud ocupacional, pero requieren organizar y unir esfuerzos, para prevenir los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de manera significativa; Que se hace necesario conformar la Comisión Nacional de Salud Ocupacional del Sector Público, como instancia operativa para el desarrollo e implementación de los diferentes programas, acciones, planes y actividades de prevención y promoción en salud ocupacional para dicho sector, RESUELVE: Artículo 1°. Conformación de la Comisión Nacional de Salud Ocupacional del Sector Público. Confórmase la Comisión Nacional de Salud Ocupacional del Sector Público, como organismo operativo de las políticas y orientaciones del Sistema General de Riesgos Profesionales, para el desarrollo e implementación de los diferentes programas, acciones, planes y actividades de prevención y promoción en salud ocupacional, con el fin de consolidar la correcta ejecución de los programas de salud ocupacional, las medidas preventivas y sistemas de vigilancia epidemiológica, para dicho sector. Artículo 2°. Integrantes. La Comisión Nacional de Salud Ocupacional del Sector Público estará conformada por: ¿ Ministro de Trabajo y Seguridad Social o Director General de Salud Ocupacional y Riesgos Profesionales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. ¿ Dos (2) delegados de las entidades del sector público. ¿ Dos (2) delegados de los sindicatos del sector público. ¿ Gerentes o delegados de las administradoras de riesgos profesionales, a las cuales se encuentren vinculadas las entidades del sector. Artículo 3°. Reuniones. La Comisión Nacional de Salud...

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