Resolución 0100 número 0600-1006 de 2021, por la cual se adopta el Plan de Ordenamiento del Recurso Hidrico (PORH) de las Quebradas Carbonero y Potreritos y el río Vijes - 23 de Diciembre de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 879659999

Resolución 0100 número 0600-1006 de 2021, por la cual se adopta el Plan de Ordenamiento del Recurso Hidrico (PORH) de las Quebradas Carbonero y Potreritos y el río Vijes

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca
Número de Boletín51897

El Director General de la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca (CVC), en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, especificamente lo dispuesto en la Ley 99 de 1993, Ley 1450 de 2011, paragrafo primero del articulo 2.2.3.3.1.4, del Decreto 1076 de 2015 y en el Acuerdo CD número 013 de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que el articulo 134 del Codigo Nacional de los Recursos Naturales Renovables Decreto ley 2811 de 1974, determina que le corresponde al Estado garantizar la calidad del agua para consumo humano y en general para las demas actividades en que su uso sea necesario, mediante el cumplimiento de funciones relacionadas con la clasificación y destinación de las aguas para su aprovechamiento, al igual que el control de la calidad para mantenerlo apto para los fines y usos complementarios.

Que el articulo 2.2.3.3.1.4. del Decreto 1076 de 2015 establece que: "La Autoridad Ambiental Competente debera realizar el Ordenamiento del Recurso Hidrico con el fin de realizar la clasificación de las aguas superficiales, subterraneas y marinas, fijar en forma generica su destinación a los diferentes usos de que trata el presente decreto y sus posibilidades de aprovechamiento".

Que el articulo 2.2.3.3.1.5. del Decreto 1076 de 2015, expresa: "La autoridad ambiental competente, priorizard el Ordenamiento del Recurso Hidrico de su jurisdiction...".

Que el articulo 2.2.3.3.1.6 de la norma citada indica los requerimientos minimos que debe tener en cuenta la autoridad ambiental para efectos de adelantar el proceso de ordenamiento del recurso hidrico, y mas adelante en el articulo 2.2.3.3.31.8 establece las fases que las autoridades ambientales deben desarrollar para la formulación del Ordenamiento del Recurso Hidrico, a saber:

  1. La declaratoria de ordenamiento.

  2. El diagnostico.

  3. Identificación de los...

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