Resolución 0100 número 0660 - 0734 de 2021, por la cual se declara en ordenación el recurso hídrico del cuerpo de agua del río Jamundí - 11 de Noviembre de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 878318313

Resolución 0100 número 0660 - 0734 de 2021, por la cual se declara en ordenación el recurso hídrico del cuerpo de agua del río Jamundí

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca
Número de Boletín51855

El Director General de la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca, en uso de sus facultades legales conferidas por la Ley 99 de 1993, Ley 1450 de 2011, y en especial las conferidas en el artículo 2.2.3.3.1.4 del Decreto 1076 de 2015 y el Acuerdo CD 072 de 2016, Acuerdo CD 013 de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de Colombia establece en el artículo 79 que "Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo. Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines" y en el artículo 80 que "El Estado planificará el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución. Además, deberá prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental, imponer las sanciones legales y exigir la reparación de los daños causados".

Que el artículo 8º de la Constitución Política de Colombia establece que es obligación del Estado y de las personas proteger las riquezas culturales y naturales de la Nación.

Que la Ley 99 de 1993 estableció la competencia a las Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible para ejercer las funciones de evaluación, control y seguimiento ambiental de los usos del agua, el suelo, el aire y los demás recursos naturales renovables; en los numerales 10 y 12 del artículo 31 de la citada ley se les asignaron competencias para fijar, en el área de su jurisdicción, los límites permisibles de descarga, transporte o depósito de sustancias, productos, compuestos o cualesquiera otras materias que puedan afectar el ambiente o los recursos naturales renovables y prohibir, restringir o regular la fabricación, distribución, uso, disposición o vertimiento de sustancias causantes de degradación ambiental.

Que el Decreto 3930 de 25 de octubre de 2010, en su artículo 4º, hoy compilado en el Decreto 1076 de 2015, artículo...

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