Resolución 01010, por la cual se adjudica un terreno baldío - 25 de Septiembre de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43141777

Resolución 01010, por la cual se adjudica un terreno baldío

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano de la Reforma Agraria
Número de Boletín44173

DIARIO OFICIAL 44.173 RESOLUCIÓN 01010 16/05/2000 Por la cual se adjudica un terreno baldío. El Subgerente de Ordenamiento Social de la propiedad del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, que se ha dado el trámite legal correspondiente a la solicitud de adjudicación de terrenos baldíos presentada por Luisa Adelaida Rodríguez Carvajal, y se han acreditado los requisitos y condiciones para la expedición del título de dominio, RESUELVE: Artículo 1°. Adjudicar a Luisa Adelaida Rodríguez Carvajal, identíficada con la cédula de ciudadanía número 68288839 expedida en Arauca, el terreno baldío denominado El Tarapaca, ubicado en la vereda El Café, jurisdicción del municipio de Hato Corozal, departamento de Casanare, cuya extensión a sido calculada en ochocientas veinticinco (825) hectáreas, siete mil trescientos setenta y siete (7.377) metros cuadrados, extensión adjudicable de conformidad con lo establecido en el artículo 66 de la Ley 160 de 1994 y se identifica por los siguientes linderos y el plano radicado en el Incora con el número 599 617 y cuyos linderos generales son: Punto de partida: se tomó como tal el detalle número (34), situado al noreste donde concurren las colindancias de río Chire y Virginia del Carmen Colón y el interesado, colinda así: Este: Virginia del Carmen Colón, del detalle 34 al detalle 33 en una distancia de 5.941,884 metros; Sur: río Ariporo del detalle 33 al detalle 27 en una distancia de 918.142 metros, caño Perro de Agua, del detalle 27 al detalle 11 en una distancia de 861.495 metros; Oeste: Doris Rocío Parales Colón del detalle 11 al detalle 12 en una distancia de 4.795,560 metros; Norte: río Chire, del detalle 12 al detalle 34 en una distancia de 1.490.556 metros y cierra al punto de partida. Artículo 11. Contra esta providencia procede por la vía gubernativa el recurso de reposición, el cual podrá interponerse dentro de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR