Resolución 0105, por la cual se autoriza incorporar partidas conciliatorias al Estado de Actividad Financiera, Económica y Social, a la cuenta ingresos extraordinarios de la Dirección Administrativa de la Gestión General, como resultado del Proceso de Saneamiento Contable.
Emisor | Ministerio de Defensa Nacional |
Número de Boletín | 45466 |
El Ministro de Defensa Nacional, en uso de las facultades que le confiere el artículo 5° de la Ley 716 de 2001, artículos 3° y 5° del Decreto 1282 de 2002, artículo 66 de la Ley 863 de 2003, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 1 ° de la Ley 716 de 2001 en concordancia con el artículo 1° del Decreto 1282 de 2002 establece que las entidades del sector público están obligadas a adelantar las gestiones administrativas necesarias para depurar la información contable, de manera que los estados financieros revelen en forma fidedigna la realidad económica, financiera y patrimonial, para lo cual se, deberá determinar la existencia real de bienes, derechos y obligaciones que afecten el patrimonio público, depurando y castigando los valores que presentan un estado de cobranza o pago incierto, con el fin de proceder a su eliminación o incorporación, atendiendo los lineamientos de dicha ley;
Que el artículo 66 de la Ley 863 de 2003, prorrogó la vigencia de los artículos 1°, 2°, 3° y 4° excepto los parágrafos 3°, 5°, 6°, 7°, 8° y 9° de la Ley 716 del 24 de diciembre de 2001, hasta el 31 de diciembre de 2005;
Que de conformidad con el artículo 3° del Decreto 1282 de 2002, los representantes legales de las entidades y organismos públicos, obligados al saneamiento contable, establecerán las políticas y procedimientos necesarios para garantizar que se identifiquen, clasifiquen y determinen, previo estudio sustentado, las respectivas partidas contables que deberán ser sometidas a consideración de la instancia correspondiente para su castigo o depuración;
Que así mismo, la Ley 716 de 2001 señala en su artículo 4°, que las entidades públicas depurarán los valores contables que resulten de la gestión administrativa, cuando correspondan a alguna de las siguientes situaciones:
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Los valores que afectan la situación patrimonial y no representan derechos, bienes u obligaciones ciertos para la entidad;
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Los derechos u obligaciones que no obstante su existencia no es posible ejercer los derechos por jurisdicción coactiva;
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Que...
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