RESOLUCION 0111 RD 6010 - 3 de Febrero de 2017 - Registro distrital - Legislación - VLEX 692493605

RESOLUCION 0111 RD 6010

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 6010 3 FEBRERO 2017
EmisorUnidad Administrativa Especial de Catastro Distrital
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRiTO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6010 • pP. 1-25 • 2017 • febrero 3
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO
DISTRITAL
Resolución Número 0111
(Enero 26 de 2017)
“Por la cual se modifica la Resolución 2379
de 2016 “Por la cual se unifican las reglas de
creación del Comité de Avalúos de la Unidad y
se derogan las Resoluciones Nos.0404 de 2011 y
0837 de 2012”.
LA DIRECTORA DE LA UNIDAD
ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO
DISTRITAL (UAECD)
En uso de sus facultades legales, en especial las
conferidas por los numerales 8 y 14 del artículo
5° del Acuerdo 004 de 2012 del Consejo Directivo
de la Unidad Administrativa Especial de Catastro
Distrital y,
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución 2379 de 2016 se unica-
ron las reglas de creación del Comité de Avalúos de
la Unidad y se derogaron las Resoluciones Nos. 0404
de 2011 y 0837 de 2012.
Que en la mencionada resolución se establecieron
delegaciones por parte de la Dirección y de la Subge-
rencia de Información Económica para las decisiones
de primera y segunda instancia del Comité de Avalúos
de la entidad.
Que de acuerdo con lo establecido en la Constitución
Política y la Ley 489 de 1998, la delegación está sujeta
a los requisitos que establecen los mismos.
Que la Ley 489 de 1998 establece que “Las autori-
dades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la
Constitución Política y de conformidad con la presente
Ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el
ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras
autoridades, con funciones anes o complementarias.”
Que de acuerdo con lo anterior se requiere precisar los
aspectos de delegación señalados en la Resolución
2379 de 2016, con el n de que opere el Comité de
Avalúos en lo referente a las decisiones de primera y
segunda instancia.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Modicar el artículo 2° de la Resolución
2379 de 2016 el cual quedará así:
“ARTÍCULO 2°. Establecer como miembros del
Comité de Avalúos de la UAECD para las deci-
siones de primera instancia:
1. El (La) Director(a) o su delegado.
2. El (La) Subgerente de Información Económica.
3. El Profesional Especializado 222-10 de la Subge-
rencia de Información Económica, responsable del
Grupo de Revisiones de Avalúo; ó el Profesional
Especializado 222-10 de la Subgerencia de In-
formación Económica, responsable del Grupo de
Avalúos Comerciales; ó el Profesional Especia-
lizado 222-10 de la Subgerencia de Información
Económica, responsable del Grupo de Plusvalía; ó
el Profesional Especializado 222-10 de la Subge-
rencia de Información Económica, responsable
del Grupo de Actualización Catastral. Este cargo
ejercerá la Secretaría Técnica del Comité de Ava-
lúos, según la agenda o función a desarrollar.
4. Profesional(es) Avaluador(es).
PARÁGRAFO 1. Podrán asistir como invitados
los demás funcionarios o personas que se estime
conveniente para el estudio de casos puntuales
y especícos, quienes participarán con voz pero
sin voto.
PARÁGRAFO 2. El (La) Director(a) designará
mediante acto administrativo al funcionario que
lo represente en el Comité de Avalúos cuando
requiera efectuar su delegación”.
ARTÍCULO 2°. Modicar el artículo 3° de la Resolución
2379 de 2016 el cual quedará así:
“ARTÍCULO 3°. Establecer como miembros del
Comité de Avalúos de la UAECD para las deci-
siones de segunda instancia:
1. El (La) Director(a) o su delegado.
2. El (La) Gerente de Información Catastral.
3. Profesional(es) Avaluador(es).
4. Funcionario designado por la Gerencia de
Información Catastral como Secretario Técnico.
PARÁGRAFO 1. Podrán asistir como invitados
los demás funcionarios o personas que se estime
conveniente para el estudio de casos puntuales
y especícos, quienes participarán con voz pero
sin voto.
PARÁGRAFO 2. El (La) Director(a) designará
mediante acto administrativo al funcionario que
lo represente en el Comité de Avalúos cuando
requiera efectuar su delegación.

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