Resolución 0125, por la cual se reconoce el carácter artístico y cultural de las convocatorias del Fondo para el Desarrollo Cinematográfico.
Emisor | Ministerio de Minas y Energía |
Número de Boletín | 46190 |
La Ministra de Cultura, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en especial las conferidas en las Leyes 397 de 1997, 814 de 2003, Decreto 1512 de 1985, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 4° de la Ley 397 de 1997 señala que el patrimonio cultural de la Nación está constituido por todos los bienes y valores culturales que son expresión de la nacionalidad colombiana, tales como la tradición, las costumbres y los hábitos, así como el conjunto de bienes inmateriales y materiales, muebles e inmuebles, que poseen un especial interés histórico, artístico, estético, plástico, arquitectónico, urbano, arqueológico, ambiental, ecológico, lingüístico, sonoro, musical, audiovisual, fílmico, científico, testimonial, documental, literario, bibliográfico, museológico, antropológico y las manifestaciones, los productos y las representaciones de la cultura popular;
Que el concepto de cinematografía nacional comprende para efectos de la Ley 814 de 2003 el conjunto de acciones públicas y privadas que se interrelacionan para gestar el desarrollo artístico e industrial de la creación y producción audiovisual y de cine nacional y arraigar esta producción en el querer nacional, a la vez apoyan su mayor realización, conservándolas, preservándolas y divulgándolas;
Que la Ley para el Fomento de la Actividad Cinematográfica en Colombia, Ley 814 de 2003, generó unos mecanismos que tienen como fin desarrollar integralmente el sector y promover toda la cadena de producción cinematográfica colombiana desde los productores, distribuidores, exhibidores, hasta la preservación del patrimonio audiovisual, la formación y el desarrollo tecnológico, entre otros;
Que para cumplir los objetivos de la Ley 814 de 2003, el artículo 11 de la citada ley ordena que los recursos del Fondo para el Desarrollo Cinematográfico se ejecuten, entre otros, con destino a: la concesión de estímulos e incentivos a los cineastas colombianos;
Que el Consejo Nacional de las Artes y la Cultura en Cinematografía, de acuerdo con la dinámica de recaudo del Fondo para el Desarrollo Cinematográfico y las necesidades del sector, convoca a los cineastas colombianos a concursos públicos para que puedan acceder a ayudas económicas que les den soporte a sus proyectos;
Que el literal l) del inciso 3° del artículo 5° del Decreto 1512 de 1985 establece que se exceptúan de la retención en la fuente el pago que corresponde a premios o distinciones obtenidos en concursos o certámenes de carácter...
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