Resolución 013, por la cual la Comisión de Regulación de Energía y Gas se pronuncia sobre el resultado de la evaluación del Plan de Reestructuración, sometido a consideración por parte de Compañía Colombiana de Gas, Colgas S. A., E.S.P., en cumplimiento de lo ordenado por la resolución CREG-140 de 1997 - 6 de Abril de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43134855

Resolución 013, por la cual la Comisión de Regulación de Energía y Gas se pronuncia sobre el resultado de la evaluación del Plan de Reestructuración, sometido a consideración por parte de Compañía Colombiana de Gas, Colgas S. A., E.S.P., en cumplimiento de lo ordenado por la resolución CREG-140 de 1997

EmisorMinisterio de Minas y Energía
Número de Boletín43963

DIARIO OFICIAL 43.963 RESOLUCIÓN 013 02/03/2000 por la cual la Comisión de Regulación de Energía y Gas se pronuncia sobre el resultado de la evaluación del Plan de Reestructuración, sometido a consideración por parte de Compañía Colombiana de Gas, Colgas S. A., E.S.P., en cumplimiento de lo ordenado por la resolución CREG-140 de 1997. La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en ejercicio de las atribuciones legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y CONSIDERANDO: Que la Ley 142 de 1994, artículo 181, estableció que "todas las empresas de servicios públicos, o quienes al entrar en vigencia esta ley estén prestando servicios públicos domiciliarios, llevarán a cabo durante el período de transición de dos años, una evaluación de su viabilidad empresarial a mediano y largo plazo, de acuerdo a las metodologías que aprueben las respectivas comisiones de regulación"; Que según lo dispuesto en el citado artículo 181 de la Ley 142 de 1994, "si de la evaluación se desprende que el valor patrimonial es negativo o si las obligaciones existentes exceden la capacidad operativa de la empresa para servirlas, la comisión de regulación respectiva exigirá que se presente un plan de reestructuración financiero y operativo. Dentro de este plan, se autoriza a la Nación, a las entidades territoriales y a las entidades descentralizadas de aquella o de éstas, para asumir o adquirir pasivos, inclusive laborales, de las entidades que se transforman o de las empresas, así como para hacerles aportes y para condonarles deudas"; Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas, en desarrollo de lo dispuesto en el artículo 181 de la Ley 142 de 1994, encontró que la actividad de distribución de GLP que desarrolla la Compañía Colombiana de Gas S. A., E.S.P., Colgas, no es viable empresarialmente, de acuerdo con los resultados de su valor patrimonial y no está en capacidad de pagar sus obligaciones financieras y operativas, en un escenario de tarifas y costos de eficiencia, siendo imposible que los usuarios de esta empresa sean atendidos en los términos exigidos en el artículo 87 de la Ley 142 de 1994, ni le es posible extender la cobertura del servicio y proveer la confiabilidad necesaria en la prestación del mismo, tal como se expresó en la Resolución CREG-140 de 1997, mediante la cual se le exigió a dicha empresa la presentación de un plan de reestructuración que garantice la viabilidad financiera y operativa de su actividad de distribución de GLP; Que el plazo para la presentación...

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