Resolución 01389, por la cual se prohíbe el uso de Sistemas Agregadores de Peces (Fish Aggregating Devices), FADS, en todas las pesquerías que se realicen en aguas jurisdiccionales colombianas e internacionales cuando se utilicen embarcaciones de bandera colombiana. - 4 de Octubre de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43214596

Resolución 01389, por la cual se prohíbe el uso de Sistemas Agregadores de Peces (Fish Aggregating Devices), FADS, en todas las pesquerías que se realicen en aguas jurisdiccionales colombianas e internacionales cuando se utilicen embarcaciones de bandera colombiana.

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano de Desarrollo Rural
Número de Boletín45691

El Subgerente de Pesca y Acuicultura del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural, Incoder, en uso de las facultades conferidas mediante el Decreto 1300 de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que dentro del programa de renov ación de la Administración Pública, el Gobierno Nacional ordenó la supresión y liquidación de algunas entidades del Estado, entre ellas la del Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura, INPA, quien era el competente para contribuir al desarrollo sostenido de la actividad pesquera y acuícola, con el fin de incorporarla de manera decidida a la economía del país, garantizando la explotación racional de los recursos pesqueros;

Que mediante Decreto 1300 del 21 de mayo de 2003 se creó el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural, Incoder, cuyo objeto fundamental es ejecutar la política agropecuaria y de desarrollo rural, entre ellas la actividad pesquera y acuícola;

Que el artículo 24 del Decreto 1300 de 2003 antes enunciado, mediante el cual se creó el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural, Incoder, consagra que todas las referencias que hagan las disposiciones legales vigentes al Instituto... Incora.... INAT... DRI y al Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura, INPA, deben ser referidas al Instituto Colombiano de Desarrollo Rural, Incoder;

En virtud a lo anterior, dentro de las disposiciones legales vigentes sobre pesca hacían referencia al INPA la Ley 13 de 1990, Decreto 2256 de 1991 y el Decreto Legislativo 245 de 1995. Por consiguiente, estas normas en materia de manejo de pesca son referidas al Incoder, las cuales deben ser aplicadas en armonía con las consagradas en el Decreto 1300 de 2003;

Que el Capítulo II del Decreto Reglamentario 2256 de 1991 en su artículo 25, consagra: Que la extracción de recursos pesqueros, cuando se efectúa en aguas marinas no jurisdiccionales con embarcaciones autorizadas por el INPA, hoy Incoder, están sujetas a la Legislación pesquera colombiana;

Que dentro de los sistemas de ordenamiento y atendiendo a los planteamientos filosóficos del "Código de Conducta para la Pesca Responsable aprobado por la Conferencia de la FAO en su 28º período de...

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