Resolución 01668, por la cual se crea el Grupo de Trabajo Sanidad Aeroportuaria de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil - 23 de Julio de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43161901

Resolución 01668, por la cual se crea el Grupo de Trabajo Sanidad Aeroportuaria de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial Aeronáutica Civil
Número de Boletín44495

DIARIO OFICIAL 44.495 RESOLUCIÓN 01668 11/05/2001 por la cual se crea el Grupo de Trabajo Sanidad Aeroportuaria de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil. El Director General, en ejercicio de las facultades legales consagradas en los artículos 8°, numeral 9° y 48 del Decreto 2724 del 31 de diciembre de 1993, y CONSIDERANDO: 1. Que de conformidad con lo establecido en el numeral 9 del artículo del Decreto 2724 de 1993, corresponde a la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, reglamentar y supervisar la prestación de los servicios aeroportuarios, bien sea que los aeropuertos sean propios, descentralizados o privados. 2. Que corresponde a la Secretaría Aeroportuaria garantizar la prestación de los servicios aeroportuarios en los aeropuertos que administra, entre los cuales se cuenta el de sanidad aeroportuaria. 3. Que en cumplimiento a lo establecido en el Decreto 1601 de 1984, por el cual se reglamentan parcialmente los títulos III, V y VII de la Ley 9ª del 1979, en cuanto a sanidad portuaria y vigilancia epidemiológica en naves y vehículos terrestres, se requiere la creación de un grupo de trabajo para tal fin. 4. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1°. Crear el Grupo de Trabajo de Sanidad Aeroportuaria, dependiente de Secretaría Aeroportuaria responsable de atender las funciones que le competen a la Aeronáutica Civil de conformidad con lo establecido en el Decreto 1601 de 1984 y demás normas que lo modifiquen o adicionen. Artículo 2°. Serán funciones del Grupo de Trabajo de Sanidad Aeroportuaria, respecto de los aeropuertos que se encuentran bajo la administración de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil las siguientes: 1. Coordinar con las autoridades sanitarias la elaboración, implementación y actualización de planes y programas de vigilancia epidemiológica y de control sanitario para los aeropuertos públicos del país. 2. Elaborar, ejecutar y supervisar proyectos orientados a la contratación de los servicios médicos o de enfermería, la adquisición de medicamentos, equipos o instrumental médico y ambulancias y el mantenimiento y conservación de instalaciones a la sanidad, los equipos y ambulancias en todos los aeropuertos administrados por la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil. 3. Supervisar el cumplimiento de las obligaciones de sanidad aeroportuaria por parte de los aeropuertos concesionados y los administrados por entes gubernamentales de carácter...

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