Resolución 0181, por medio de la cual se establece el diseño oficial de los formularios definitivos de las declaraciones de la Sobretasa a la Gasolina Motor extra y corriente y de la Sobretasa al ACPM - 12 de Febrero de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43132295

Resolución 0181, por medio de la cual se establece el diseño oficial de los formularios definitivos de las declaraciones de la Sobretasa a la Gasolina Motor extra y corriente y de la Sobretasa al ACPM

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín43891

DIARIO OFICIAL 43.891 RESOLUCIÓN 0181 01/02/2000 por medio de la cual se establece el diseño oficial de los formularios definitivos de las declaraciones de la Sobretasa a la Gasolina Motor extra y corriente y de la Sobretasa al ACPM. La Dirección General de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en ejercicio de la función atribuida en el artículo 124 de la Ley 488 del 24 de diciembre de 1998, RESUELVE: Artículo 1°. Establecer como diseño oficial de los formularios definitivos de las declaraciones de la Sobretasa a la Gasolina Motor extra y corriente y de la Sobretasa al ACPM, los modelos que se discriminan en los numerales siguientes y que se anexan a la presente resolución, así: 1. Declaración de la sobretasa nacional al ACPM, formulario definitivo MHCP - DAF - 002ACPM, impreso por ambas caras, el cual consta de un borrador, un original con destino a la DAF, y dos copias, una para el declarante y otra para la entidad financiera. 2. Declaración de la sobretasa nacional a la gasolina motor, formulario definitivo MHCP - DAF - 003G, integrado por el formulario principal y dos anexos: el número 01, correspondiente a la sobretasa nacional generada en municipios y distritos, y el anexo 02, correspondiente a la sobretasa nacional generada en los departamentos. Cada formulario integrado en la forma descrita, consta de un borrador, un original con destino a la DAF, y dos copias, una para el declarante y otra para la entidad financiera. 3. Declaración de la sobretasa departamental a la gasolina motor, formulario definitivo MHCP ¿ DAF - 004G, el cual consta de un borrador, un original con destino al departamento, y dos copias, una para el declarante y otra para la entidad financiera. 4. Declaración de la sobretasa municipal y distrital a la gasolina motor, formulario definitivo MHCP - DAF - 005G, el cual consta de un borrador, un original con destino al Municipio, al Distrito o al Distrito Capital, según el caso, y dos copias, una para el declarante y otra para la entidad financiera. Artículo 2°. Los formularios oficiales establecidos en la presente resolución deberán aplicarse a las declaraciones correspondientes a las sobretasas generadas a partir del 1° de febrero del año 2000. Artículo 3°. Los responsables de las sobretasas imprimirán los formularios oficiales establecidos en la presente resolución, en formas litográficas o en formas continuas. Las entidades territoriales podrán adoptar en imprimir en la misma forma los formularios de su competencia, para aplicarlos a las declaraciones que eventualmente deban presentar los transportadores y detallistas que no acrediten el origen legal del producto. Artículo 4°. Remítase el diseño oficial de los formularios definitivos establecidos en la presente resolución, a los departamentos, municipios y distritos, para lo de su competencia. Artículo 5°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese y cúmplase. Dada en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 1° de febrero de 2000. La Directora Dirección General de Apoyo Fiscal, Ana Lucía Villa Arcila. (C.F.) DECLARACION DE LA SOBRETASA MUNICIPAL Y DISTRITAL A LA GASOLINA MOTOR FORMULARIO DEFINITIVO MHCP - DAF - 005G INSTRUCCIONES PARA EL DILIGENCIAMIENTO Nota: Esta guía constituye una orientación para el diligenciamiento del formulario y en ningún caso exime a los contribuyentes o responsables de dar cumplimiento a las disposiciones legales. El formulario de declaración debe ser diligenciado con letra imprenta legible. No se admiten formularios con borrones, tachones o enmendaduras, ni diligenciados a lápiz. Recuerde la obligatoriedad de diligenciar todos los espacios del formulario. SECCION A Identificación Entidad Territorial Escriba en esta casilla el nombre del municipio o distrito ante el cual declara, y el código correspondiente establecido por el DANE. La entidad territorial debe corresponder a la del lugar donde se efectuó el consumo de la gasolina motor extra o corriente. Igualmente escriba en esta casilla el Número de Identificación Tributaria NIT, correspondiente al municipio o Distrito ante el cual se está presentando la declaración, la cual debe igualmente corresponder a la entidad territorial donde se efectuó el consumo de gasolina motor extra y corriente. SECCION B Calidad del decla rante Marque con una X el recuadro correspondiente (Distribuidor Mayorista, Productor, Importador, Otro), de acuerdo con la calidad de quien declara. En caso de tener más de una calidad, señale la que genere mayores ingresos operacionales. SECCION C Información de la declaración que se corrige Diligencie solamente cuando se trate de una corrección a declaración anterior. (En caso contrario, deje la casilla en blanco y pase a la sección D). Escriba en los recuadros correspondientes, el número que figura en el autoadhesivo de la declaración que se corrige y la fecha de presentación de la misma, anotando todos los dígitos del año y los dos dígitos del mes y del día. Recuerde que la declaración de corrección presentada conforme a los presupuestos legales, sustituye a la declaración anterior. Por lo tanto, en la declaración de corrección se deben diligenciar todos los espacios del formulario. SECCION D Año y período gravable Escriba los cuatro dígitos del año gravable y marque con X la casilla del mes al cual corresponde la declaración. Solamente se puede marcar un período. SECCION E Información general E1. Apellidos y nombres o razón social completa del declarante: Si es Persona Natural, escriba en esta casilla en su orden, primer apellido, segundo apellido o de casada y nombres, tal como figuran en su documento de identidad o NIT. Si es Persona Jurídica, escriba la razón social completa. E2. Identificación del declarante: Anote el número del NIT o de la cédula de ciudadanía frente al recuadro correspondiente. Cuando el contribuyente posea NIT, obligatoriamente deberá diligenciarse dicha casilla. E3. Dirección: Escriba la dirección, municipio, departamento y teléfono correspondiente a su domicilio social o asiento principal de su negocio, o lugar donde ejerza habitualmente su actividad, ocupación u oficio. SECCION F Liquidación Nota: Los valores que se consignen en la columna F6 deben aproximarse al múltiplo de mil más cercano. Cuando no existan valores a declarar en alguno de los renglones de esta sección, diligencie el espacio correspondiente con cero (0) F2. Total Galones Enajenados y Retirados: Registre en esta columna frente al renglón correspondiente a cada tipo de producto, el número de galones enajenados y retirados durante el período gravable en la jurisdicción del municipio o distrito ante el cual se declara, o con destino a éste. F3. Precio de Referencia: Registre en esta columna frente al renglón correspondiente a cada tipo de producto, el valor de referencia por galón certificado por el Ministerio de Minas y Energía, vigente para el periodo que se está declarando. F4. Base Gravable: Escriba en esta columna y para cada renglón diligenciado el resultado de multiplicar el número de galones de la casilla F2 por el precio de referencia de la columna F3. F5. Tarifa: Escriba en esta columna la tarifa que rige en el Municipio o Distrito, según el caso...

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