Resolución 019, por la cual se resuelven los recursos de reposición interpuestos contra la Resolución número 176 del 12 de noviembre de 2004. - 29 de Agosto de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43226462

Resolución 019, por la cual se resuelven los recursos de reposición interpuestos contra la Resolución número 176 del 12 de noviembre de 2004.

EmisorVarios - Departamento de Cundinamarca
Número de Boletín46015

El Secretario de Obras Públicas del Departamento de Cundinamarca, en ejercicio de las facultades conferidas mediante delegación otorgada en virtud del Decreto Departamental 180 del 30 de junio de 2004, y

CONSIDERANDO QUE:

Mediante la Resolución número 176 del 12 de noviembre de 2004, el Departamento de Cundinamarca, con fundamento en hechos constitutivos de incumplimiento de las obligaciones a cargo del contratista, declaró ocurrido el siniestro de incumplimiento parcial del Contrato número OT-SOP-V-233 de 2003, ordenando tasar, imponer y cobrar una multa al ingeniero José Santiago Guarín Ramírez;

El acto administrativo sancionatorio fue notificado el 3 de diciembre de 2004, en forma personal, a la apoderada de la Compañía Aseguradora Liberty Seguros S. A., quien expidió las correspondientes garantías.

De conformidad con el artículo 45 del Código Contencioso Administrativo, para efectos de la notificación al contratista, se fijó el respectivo edicto el 6 de diciembre de 2004 y se desfijó el 11 de enero de 2005;

Contra la Resolución número 176 del 12 de noviembre de 2004, la Compañía Aseguradora Liberty Seguros S. A., interpuso recurso de reposición el 13 de diciembre de 2004, y el contratista el 17 de enero de 2005;

El contratista en su escrito de reposición expone los siguientes argumentos:

Violación al debido proceso. Alega el recurrente que la Administración, al proferir el acto recurrido, desconoció el derecho fundamental al debido proceso, toda vez que no evaluó, ni se pronunció sobre la totalidad del acervo probatorio que reposa en el expediente del contrato e hizo una valoración inapropiada de las pocas pruebas que tuvo en cuenta para tomar su decisión; manifiesta igualmente que no se pronunció objetivamente sobre cada una de dichas pruebas.

Asimismo, considera el contratista...

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