Resolución 02145, por la cual se adjudica un terreno baldío - 20 de Noviembre de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43167460

Resolución 02145, por la cual se adjudica un terreno baldío

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano de la Reforma Agraria
Número de Boletín44620

DIARIO OFICIAL 44.620 RESOLUCIÓN 02145 20/09/2000 por la cual se adjudica un terreno baldío. El Subgerente de Ordenamiento Social de la Propiedad del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, en uso de las facultades delegadas por la Gerencia General, según Resolución número 2719 del 24 de octubre de 1997, y CONSIDERANDO: Que se ha dado el trámite legal correspondiente a la solicitud de adjudicación de terrenos baldíos presentada por Ana Edith Avendaño Barrera, se han acreditado todos los requisitos y condiciones para la expedición del título de dominio, RESUELVE: Artículo 1°. Adjudicar a Ana Edith Avendaño Barrera, identificada con la cédula de ciudadanía número 24230999, expedida en Monterrey, el terreno baldío denominado Palmarito, ubicado en la vereda La Palmira, jurisdicción del municipio de Monterrey, departamento de Casanare, cuya extensión ha sido calculada en sesenta (60) hectáreas, tres mil ciento noventa y nueve (3.199) metros cuadrados, extensión adjudicable de conformidad con lo establecido en el artículo 66 de la Ley 160 de 1994 y se identifica por los siguientes linderos y el plano radicado en el Incora con el número 599.571 de enero de 1999 y cuyos linderos generales son: Punto de partida: Se tomó como tal el delta punto número uno (1) situado al norte donde concurren las colindancias de Herney Barrera, Desiderio Umaña y el interesado. Colinda así: Norte: Desiderio Umaña, con distancia de 385 metros del delta número 1 al delta número 4. Oriente: Jaime Avendaño...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR