Resolución 022, por la cual se establece la obligación de presentar en original los documentos pertinentes y los certificados estatutarios en las inspecciones, para efectuar cualquier trámite ante la Autoridad Marítima o cuando sean solicitados por esta
Emisor | Ministerio de Defensa Nacional |
Número de Boletín | 44706 |
El Director General Marítimo, en ejercicio de sus facultades legales otorgadas en el numeral 9 del artículo 5, en el artículo 10, en los numerales 1, 3 y 7 del numeral 11 del decreto ley
2324 de 1984, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 2° de la Constitución Política establece que son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los
principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución;
Que el artículo 3° de la Ley 489 de 1998 concordante con el artículo 209 de la Constitución Política dispone que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se
desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, responsabilidad y transparencia;
Que el numeral 9 del artículo 5° del Decreto-ley 2324 de 1984 consagra que es función y atribució n de la Autoridad Marítima la de regular, efectuar y controlar la inscripción, registro,
inspección, clasificación, matrícula y patente de las naves y artefactos navales;
Que en desarrollo de las funciones de vigilancia y control esta Autoridad Marítima considera necesario establecer la presentación del original de los documentos pertinentes y de los
certificados estatutarios;
Que esta Autoridad ha evidenciado la proliferación y aumento de casos en los cuales se presentan licencias falsas, fotocopias adulteradas, suplantación de personas en fotografías,
presentación de libretas de embarco falsificadas y muchos otros casos;
Que en mérito de lo anterior, el Director General Marítimo;
RESUELVE:
Artículo 1°. Definiciones. Para los efectos de la presente resolución se adoptan las siguientes definiciones:
1. Documentos pertinentes. Son el conjunto de documentos expedidos por la Autoridad Marítima Nacional o Local y exigidos por la misma para los trámites correspondientes, así
como los avalados o admitidos por la misma, habiendo sido emitidos por una Autoridad Marítima extranjera o por alguna Organización Reconocida, los cuales varían en función del
objeto de la verificación en las inspecciones que se practiquen a las naves, o en los trámites por parte de las personas dedicadas a las actividades marítimas.
Los documentos pertinentes respecto a las naves y artefactos navales, de matrícula nacional son:
a) Licencias de navegación de la totalidad de la tripulación;
b) Patente de navegación o permiso especial de navegación (según la clase de...
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