Resolución 0259, por medio de la cual se adopta el modelo de formulario único que deben aplicar las Cajas de Compensación Familiar para otorgar el subsidio y los beneficios de que trata la Ley 789 de 2002 y el Decreto 2340 de 2003. - 7 de Octubre de 2003 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43198674

Resolución 0259, por medio de la cual se adopta el modelo de formulario único que deben aplicar las Cajas de Compensación Familiar para otorgar el subsidio y los beneficios de que trata la Ley 789 de 2002 y el Decreto 2340 de 2003.

EmisorSuperintendencias - Superintendencia del Subsidio Familiar
Número de Boletín45333

El Superintendente (E.) del Subsidio Familiar, en ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas por el artículo 7° del Decreto 2150 de 1992, los artículos , , 10 y 11 de la Ley 789 de 2002 y el artículo 15 del Decreto 2340 de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 8° de la Ley 789 de 2002 creó el subsidio al desempleo, como un mecanismo de intervención para eventos críticos que presenten los ciclos económicos, el cual se otorgará en las épocas que señale el Gobierno Nacional;

Que para los efectos y beneficios de que trata la Ley 789 de 2002 los beneficiarios deberán tramitar un formulario ante las Cajas de Compensación Familiar;

Que el parágrafo 3º del artículo 15 del Decreto 2340 del 19 de agosto de 2003 establece que la Superintendencia del Subsidio Familiar diseñará y adoptará el modelo de formulario que deben aplicar las Cajas de Compensación Familiar;

En mérito de lo expuesto, este despacho,

RESUELVE:

Artículo 1° Adoptar el modelo de formulario único que deben aplicar las Cajas de Compensación Familiar para el otorgamiento de los subsidios de desempleo de que trata la Ley 789 de 2002, el cual hace parte integral de la presente resolución.

Parágrafo. El contenido del formulario no podrá ser reformado por las Cajas de Compensación Familiar.

Artículo 2° Comunicar el contenido de la presente resolución a los representantes legales de las Cajas de Compensación F amiliar.
Artículo 3° La presente resolución rige a partir de la fecha de su comunicación y, contra la misma no procede recurso alguno.

Dada en Bogotá, D. C., a 27 de agosto de 2003.

Comuníquese y cúmplase.

El Superintendente (E.) del Subsidio Familiar,

Edmundo Conde Zamorano.

INSTRUCCIONES GENERALES

Diligencie el formulario a máquina o letra imprenta legible y clara, sin tachones y en tinta negra.

Parte 1 DATOS DEL JEFE CABEZA DE HOGAR

Deberá llenar los espacios correspondientes a:

Número de identificación: Escriba completo el número del documento de identificación.

Tipo de documento: Coloque si es:

CC.: Cédula de Ciudadanía. CE.: Cédula de Extranjería. TI.: Tarjeta de identidad.

Apellidos y nombres: Escríbalos según el orden establecido como figuran en el documento de identidad.

Fecha de Nacimiento: Escriba en números arábigos el Año (AAAA), Mes (MM) y Día (DO) de nacimiento.

Sexo: Marque con una equis (X) al frente de la casilla correspondiente:

M = Masculino F = Femenino.

Estado civil: Marque con una equis (X) el frente de la casilla correspondiente:

Soltero (a) Casado (a) Viudo (a) Separado (a) Unión...

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