Resolución 027, por la cual se corrigen algunos errores de hecho en la Resolución CREG-082 de 2002. - 6 de Junio de 2003 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43193357

Resolución 027, por la cual se corrigen algunos errores de hecho en la Resolución CREG-082 de 2002.

EmisorMinisterio de Minas y Energía
Número de Boletín45210

La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial de las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994 y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994, y

CONSIDERANDO:

Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas, mediante la Resolución CREG-082 de 2002 aprobó los principios generales y la metodología para el establecimiento de los cargos por uso de los Sistemas de Transmisión Regional y Distribución Local;

Que la Resolución CREG-082 de 2002 presenta los siguientes errores de hecho, los cuales deben ser objeto de corrección:

¿ En la valoración de la Unidad Constructiva N3S31 correspondiente al número 31 del Cuadro de Unidades Constructivas de equipos de Subestación del Nivel de Tensión 3 del Anexo número 3 de la Resolución CREG-082 de 2002, se consideraron erróneamente dos (2) sistemas de comunicaciones: El primero, correspondiente al sistema de comunicaciones reducida de los módulos N3S31, N3S32 y N3S33 y, el segundo, correspondiente al módulo común tipo 1 de subestaciones convencionales, encapsuladas o metalclad (N3S30). Este último sistema, por no corresponder a la Unidad Constructiva en cuestión, será excluido.

¿ En la valoración de la Unidad Constructiva N3S33 correspondiente al número 33 del Cuadro de Unidades Constructivas de equipos de subestación del Nivel de Tensión 3 del Anexo número 3 de la Resolución CREG-082 de 2002, no se incluyó el concentrador de señales para control remoto, el cual será objeto de inclusión en esta resolución. Adicionalmente, esta Unidad Constructiva, la cual tiene la naturaleza de convencional, contempla elementos de sistemas de comunicaciones y malla de tierra correspondientes a una subestación reducida, debiendo reemplazarse por los respectivos elementos de una subestación convencional.

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