Resolución 02818, por medio de la cual se adicionan y complementan las Resoluciones 879 y 2595 de 2003. - 9 de Septiembre de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43213795

Resolución 02818, por medio de la cual se adicionan y complementan las Resoluciones 879 y 2595 de 2003.

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de la Economía Solidaria
Número de Boletín45666

El Superintendente de Vigilancia y Seguridad Privada, en ejercicio de las facultades legales y en especial de las conferidas en el artículo 209 de la Constitución Nacional, los artículos , 10, 11 y 12 de la Ley 489 de 1998 y en el artículo 6° del Decreto 2453 de 1993 y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 209 de la Constitución Política dispone que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y que se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones;

Que en los artículos , 10, 11 y 12 de la Ley 489 de 1998 se encuentra regulada la figura constitucional de la delegación que se predica de las autoridades administrativas, estableciendo que el acto de delegación siempre será por escrito y determinará las funciones o los asuntos cuya atención y decisión se transfieren a los delegatarios;

Que el numeral 22 del artículo 6° del Decreto 2453 de 1993 faculta al Superintendente de Vigilancia y Seguridad Privada para delegar en sus subalternos, cuando lo considere procedente, conforme a la ley y a los reglamentos;

Que la Contraloría General de la Nación ha compelido al cumplimiento de la función que al Superintendente Delegado para la Vigilancia le impone el numeral 7° del artículo 11 del Decreto 2453 de 1993, dejando constancia de ello en el plan de mejoramiento de la entidad;

Que mediante las Resoluciones 879 y 2595 de 2003 de esta Superintendencia se efectuaron algunas delegaciones que resultan necesarias ser complementadas de manera integral;

Que la delegación es una figura que salvaguarda la garantía de la doble instancia que es más consecuente en la medida en que tales funciones permiten garantizar una mejor calidad del servicio y disminuir los tiempos de respuesta;

Que una vez analizados los procedimientos y las recomendaciones presentadas en forma unánime por los integrantes del Comité Directivo de la Entidad, se considera apropiado recogerlas e integrarlas al marco normativo correspondiente a la materia de control...

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