Resolución 0323, por la cual se autoriza al Fondo para la Reconstrucción y Desarrollo Social del Eje Cafetero FOREC para contratar un empréstito transitorio interno con la Dirección del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público hasta por la suma de $60.000.000.000.00 moneda legal colombiana - 29 de Febrero de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43133111

Resolución 0323, por la cual se autoriza al Fondo para la Reconstrucción y Desarrollo Social del Eje Cafetero FOREC para contratar un empréstito transitorio interno con la Dirección del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público hasta por la suma de $60.000.000.000.00 moneda legal colombiana

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín43914

DIARIO OFICIAL 43.914 RESOLUCIÓN 0323 17/02/2000 por la cual se autoriza al Fondo para la Reconstrucción y Desarrollo Social del Eje Cafetero FOREC para contratar un empréstito transitorio interno con la Dirección del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público hasta por la suma de $60.000.000.000.00 moneda legal colombiana. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el artículo 15 del Decreto 2681 de 1993, y CONSIDERANDO: Que el Fondo para la Reconstrucción y Desarrollo Social del Eje Cafetero -FOREC- solicitó autorización a este Ministerio para celebrar un empréstito transitorio interno hasta por la suma de sesenta mil millones de pesos ($60.000.000.000.00) moneda legal colombiana, para ser pagado con recursos de créditos externos a largo plazo; Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 del Decreto 2681 de 1993, son créditos de corto plazo de carácter transitorio los que vayan a ser pagados con créditos de plazo mayor a un año, respecto de los cuales exista oferta en firme del negocio; Que el Fondo para la Reconstrucción y Desarrollo Social del Eje Cafetero -FOREC- dispone de oferta en firme para obtener un crédito de largo plazo con el Banco Interamericano de Reconstrucción y Fomento -BIRF- destinado a la financiación de diferentes programas y proyectos relacionados con la reconstrucción del Eje Cafetero hasta por la suma de doscientos veinticinco millones de dólares (US$225.000.000.00) de los Estados Unidos de América, la cual consta en comunicación del 29 de noviembre de 1999 suscrita por el Director para Colombia, Ecuador y Venezuela Región de América Latina y el Caribe del citado Banco; Que los recursos del empréstito transitorio interno que se autoriza celebrar por la presente resolución los destinará el Fondo para la Reconstrucción y Desarrollo Social del Eje Cafetero -FOREC- exclusivamente al pago de subsidios aprobados y asignados a las personas afectadas por el sismo del 25 de enero de 1999; Que en su sesión número 40 del 2 de febrero de 2000, el Consejo Directivo del Fondo para la Reconstrucción y Desarrollo Social del Eje Cafetero -FOREC- autorizó al Director Ejecutivo de esa entidad para contratar el empréstito transitorio interno, según consta en certificación suscrita por el Presidente (E.) del Consejo Directivo el 17 de febrero de 2000; Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público estableció las condiciones y requisitos...

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