Resolución 0345, por la cual se reajustan los valores señalados en pesos en la Ley 130 de 1994, correspondientes a la reposición de cada voto válido depositado a favor de los candidatos para alcaldes, concejales, gobernadores y diputados con ocasión de las elecciones durante el año 2004. - 2 de Febrero de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43203770

Resolución 0345, por la cual se reajustan los valores señalados en pesos en la Ley 130 de 1994, correspondientes a la reposición de cada voto válido depositado a favor de los candidatos para alcaldes, concejales, gobernadores y diputados con ocasión de las elecciones durante el año 2004.

EmisorVarios - Registraduría Nacional del Estado Civil
Número de Boletín45449

El Consejo Nacional Electoral, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, especialmente de las que le confieren los artículos 13, 14, 39 y 40 de la Ley 130 de 1994, y

CONSIDERANDO:

Que al Consejo Nacional Electoral le corresponde fijar las cuantías y multas señaladas en la Ley 130 de 1994, de acuerdo con lo estipulado en los literales a) y d) del artículo 39 de la citada ley;

Que de conformidad con el artículo 40 de la Ley 130 de 1994, los valores fijados en pesos en esta misma Ley, deben ser reajustados anualmente de acuerdo con el aumento del índice de precios al consumidor certificado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística, DANE;

Que el Acto Legislativo 01 de 2003 determinó que la cuantía de la financiación de las campañas políticas será por lo menos tres veces la aportada en el período 1999-2002 en pesos constantes de 2003;

Que el Acto Legislativo 01 de 2003 delegó en la ley la determinación del porcentaje de votación necesario para tener derecho a dicha financiación, el monto de los gastos que los partidos, movimientos políticos o candidatos puedan realizar en las campañas electorales, así como la máxima cuantía de las contribuciones privadas y los efectos de la vulneración de...

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