Resolución 0347, por medio de la cual se otorga autorización al señor Gerardo Ildefonso Mena Grijalba, para que realice aprovechamiento de árboles aislados (caídos), en predio de dominio privado, en un área de 25 hectáreas, ubicado en la vereda Santana, del municipio de Villagarzón, departamento del Putumayo - 18 de Noviembre de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43184464

Resolución 0347, por medio de la cual se otorga autorización al señor Gerardo Ildefonso Mena Grijalba, para que realice aprovechamiento de árboles aislados (caídos), en predio de dominio privado, en un área de 25 hectáreas, ubicado en la vereda Santana, del municipio de Villagarzón, departamento del Putumayo

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano de la Reforma Agraria
Número de Boletín45002

El Gerente de la Regional Casanare del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, en uso de las facultades delegadas por la Gerencia General, según Resolución número 2720 del 24 de octubre de 1997, 0199 del 15 de febrero de 2001, y

CONSIDERANDO:

Que se ha dado el trámite legal correspondiente a la solicitud de adjudicación de terrenos baldíos presentada por los señores José Antonio Pidiache Ponare y Eneida María Rojas, identificados con las cédulas de ciudadanía números 74846408 y 23835144 expedidas en Orocué respectivamente y se han acreditado los requisitos y condiciones para l a expedición del título de dominio,

RESUELVE:

Artículo 1°

Adjudicar a los señores José Antonio Pidiache Ponare y Eneida María Rojas, identificados con las cédulas de ciudadanía números 74846408 y 23835144 expedidas en Orocué respectivamente, el terreno baldío denominado El Capricho, ubicado en la vereda Santa Teresa, municipio de San Luis de Palenque, departamento de Casanare, cuya extensión ha sido calculada en trescientas quince (315) hectáreas, tres mil novecientos ochenta y uno (3.981) metros cuadrados, extensión adjudicable de conformidad con lo establecido en el artículo 66 de la Ley 160 de 1994 y se identifica conforme al plano número 559‑487 de mayo de 1999 y cuyos linderos generales son:

Punto de partida: Se tomó como tal el delta número once (11), situado al noreste, donde concurren las colindancias de Nancy y Lorenza Ballesteros, Efraín Ballesteros y el interesado colinda así:

Este: Efraín Ballesteros, del delta número 11 al detalle número 1, en una distancia de 3.601 metros, cerca de alambre al medio.

Suroeste: Río Guanapalo, del detalle número 1 al detalle número 7, en una distancia de 2.027 metros.

Oeste: Isabel Ponare, del detalle número 7 al delta número 5, en una distancia de 1.948 metros; Nancy y Lorenza Ballesteros, del delta número 5 al delta número 7, en una distancia de 603 metros.

Norte: Nancy y Lorenza Ballesteros, del delta número 7 al delta número 11, en una distancia de 1.542 metros y encierra al punto de partida.

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