Resolución 0352, por la cual se concede una licencia de aprovechamiento forestal. - 29 de Septiembre de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43141925

Resolución 0352, por la cual se concede una licencia de aprovechamiento forestal.

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autonoma Regional de Boyacá -"Corpoboyacá"
Número de Boletín44178

DIARIO OFICIAL 44.178 RESOLUCIÓN 0352 05/07/2000 por la cual se concede una licencia de aprovechamiento forestal. El Director General de la Corporación Autónoma Regional de Boyacá, Corpoboyacá, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias, en especial las conferidas en la Ley 99 de 1993, y CONSIDERANDO: ............................................................................................................................................. RESUELVE: Artículo 1°. Conceder permiso de aprovechamiento forestal al señor Rubén Saúl Pulido, en su calidad de Gerente de la Sociedad Industria de Maderas La Ceiba Ltda., para la tala de 2.545 árboles de Eucalyptus, ubicados en el predio denominado El Salitre, localizado en la vereda Las Vueltas, del municipio de Tibasosa, de propiedad de la Sociedad que legalmente representa. Para que en el término de cuatro (4) meses, contados a partir de la fecha de la ejecutoria de esta Resolución, lleve a cabo el aprovechamiento forestal, con sujeción a las normas legales sobre bosques, aguas y suelos. Recomendaciones: ¿ El Sistema de explotación se realizará por el método de Entresaca Selectiva, utilizando los árboles con mayor altura y grosor dejados de aprovechar en el permiso inicial. ¿ Este aprovechamiento debe efectuarse cumpliendo con las normas técnico ambientales que Corpoboyacá, exige para llevar a cabo esta clase de permisos, con el objeto de no irle a causar deterioro al medio ambiente y los recursos naturales en el área de aprovechamiento. Los residuos vegetales, desechos y demás sobrantes deberán ser recolectados en forma inmediata y ubicarlos en la parte alta para su descomposición y luego deberán ser agregados al suelo como materia orgánica y/o puede ser utilizado en combustible de uso doméstico e inmunizante de productos forestales; el aceite quemado proveniente de las actividades de motosierra, debe ser retirado del lugar. Evitando de esta manera posibles contaminaciones por la escorrentía. ¿ Se debe tener cuidado con los residuos de la explotación para evitar posibles incendios forestales en las áreas del aprovechamiento. ¿ El propietario debe adelantar la selección de los rebrotes de cepa de la plantación que años anteriores fue intervenida. En lo que respecta al actual aprovechamiento no se recomienda realizar ningún tratamiento silvicultural, hasta tanto no se haya concluido con las actividades de explotación. Artículo 2°. El (la) permisionario (a) aprovechará la cantidad de (339,17...

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