Resolución 0378, por la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto por Interconexión Eléctrica S. A. ESP, contra la Resolución CREG-067 de 1999 - 17 de Marzo de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43133797

Resolución 0378, por la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto por Interconexión Eléctrica S. A. ESP, contra la Resolución CREG-067 de 1999

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano de la Reforma Agraria
Número de Boletín43936

DIARIO OFICIAL 43.936 RESOLUCIÓN 0378 19/12/1997 El Gerente Regional de la Amazonia del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, en uso de sus facultades legales y estatutarias, y CONSIDERANDO: Que se ha dado el trámite legal correspondiente a la solicitud de adjudicación de terrenos baldíos presentada por Andrés Gamboa Vela y Blanca Flor Otálora y se han acreditado todos los requisitos y condiciones para la expedición del título de dominio, RESUELVE: Artículo 1º. Adjudicar a Andrés Gamboa Vela y Blanca Flor Otálora, identificados con las cédulas de ciudadanía números 3.099.532 de Medina, Cundinamarca y 51.590.843 de Bogotá, el terreno baldío denominado Los Mangos, ubicado en la vereda Tierra Negra, municipio de Calamar, departamento de Guaviare, cuya extensión ha sido calculada en setenta y ocho (78) hectáreas nueve mil seiscientos (9.600 mts.) metros cuadrados, extensión adjudicable de conformidad con lo establecido en el artículo 66 de la Ley 160 de 1994 y se identifica por los siguientes linderos y el plano radicado en el Incora con el N° 2427. Punto de partida: Se tomó como punto de partida el detalle 15 localizado al noreste del predio. Norte: Del detalle 15 con rumbo general Noreste en colindancia con Ana Castro en 563 mts. con cerca al medio hasta el delta 32. Este: Del delta 32 con rumbo general Sureste en colindancia con carretera vía Calamar en 905 mts. con pica al medio hasta el delta 2. Sur: Del delta 2 con rumbo general Suroeste en colindancia con Máximo Ramírez en 1.046 mts. y Ramiro Valencia en 340 mts. con camino en parte y pica en parte hasta delta 19. Oeste: Del delta 19 con rumbo general Norte en colindancia con Antonio Moreno en 890 mts. y José Jesús Ramírez Reyes en 618 mts. con cerca al medio hasta el detalle 15 punto de partida y encierra. Parágrafo. La presente adjudicación se hace de conformidad con la excepción contemplada a la norma general que determina la titulación de los terrenos baldíos de la Nación en Unidades Agrícolas Familiares, UAF, prevista en el Acuerdo 014 de 1995, artículo primero. Artículo 2º. La resolución por la cual se adjudica un terreno baldío, una vez inscrita en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos del Círculo respectivo, y publicada en el Diario Oficial constituye título suficiente de dominio y prueba de la propiedad. Las resoluciones de adjudicación de predios baldíos menores de 50 hectáreas no requieren publicidad en el Diario Oficial. Artículo 3º. La presente adjudicación...

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