Resolución 038, por medio de la cual se amplía, con terrenos baldíos de la nación, el Resguardo Indígena de Bochoroma-Bochoromacito, constituido por Resolución número 071 del 29 de agosto de 1988, localizado en jurisdicción del municipio de Tadó, departamento del Chocó - 15 de Abril de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43174671

Resolución 038, por medio de la cual se amplía, con terrenos baldíos de la nación, el Resguardo Indígena de Bochoroma-Bochoromacito, constituido por Resolución número 071 del 29 de agosto de 1988, localizado en jurisdicción del municipio de Tadó, departamento del Chocó

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano de la Reforma Agraria
Número de Boletín44769

La Junta Directiva del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, Incora, en uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas en el artículo 12 numeral 18, artículo 85 inciso 2° de la Ley 160 de 1994, Decreto 2164 de 1995 y el artículo 30 literal ll) de los Estatutos del Incora, y

CONSIDERANDO:

El expediente número 41.214 contiene las diligencias administrativas tendientes a la ampliación del resguardo indígena constituido por Resolución 071 del 29 de agosto de 1988, emanada de la Junta Directiva del Incora, en favor de la Comunidad Indígena Embera de Bochoroma-Bochoromacito, asentada en jurisdicción del municipio de Tadó, departamento del Chocó;

La Organización Regional Embera Wounaan (Orewa), mediante comunicación escrita fechada el 16 de febrero de 2000, solicitó ante la Gerencia Regional del Incora Antiguo Caldas, adelantar los trámites legales necesarios para la ampliación del resguardo de Bochoromá- Bochoromacito;

Mediante auto del 16 de junio de 1997, la Gerencia de Incora Regional Antiguo Caldas, ordenó realizar el estudio socioeconómico, jurídico y de tenencia de tierras para la respectiva parcialidad, el cual se realizó en noviembre del mismo año y se actualizó en diciembre 2000 (folios 194, 195, 455-461).

A través de concertaciones interétnicas entre comunidades indígenas y negras del Alto San Juan, se establecieron acuerdos sobre delimitación de territorios, contenidos en las actas de mayo 20 de 1997 (folios 189 al 193), junio 3 de 1999 (folios 390 al 399) y noviembre 4 de 1999 (folios 400 al 406), en las que se establecen y delimitan áreas de terrenos baldíos con destino a la ampliación del resguardo de Bochoroma-Bochoromacito, y se fijan en dichas actas los linderos generales del mismo.

Mediante Comunicación número 00797 del 24 de junio de 1997, la Gerencia Regional del Incora Antiguo Caldas, solicitó ante el Ministerio del Medio Ambiente, expedir la certificación sobre el cumplimiento de la Función Ecológica de la propiedad de las tierras del citado resguardo (folio 353).

La Subgerencia de Ordenamiento Social de la Propiedad, mediante auto, expedido el 14 de noviembre de 2000, ordenó surtir algunos trámites administrativos por parte de la Regional Incora Antiguo Caldas, despacho que mediante auto del 24 de noviembre de 2000, ordenó practicar visita a la comunidad Embera, asentada en el resguardo Bochoromá-bochoromacito, para complementar el estudio socioeconómico, en los aspectos de censo de población, colonos, tenencia de tierras y determinación de las necesidades de tierra para la comunidad, adecuando el trámite a las disposiciones del decreto reglamentario 2164 de 1995 (folios 423 y 424). Entre noviembre 30 y diciembre 15 de 2000 se publicó el edicto, que ordena el artículo 10 del Decreto Reglamentario 2164 de 1995 (folios 431 y 431 vuelto).

Del estudio socioeconómico, jurídico y de tenencia de tierras de noviembre de 1997, visible a folios 200 al 340, y el informe de visita de febrero 2001 contenido en los folios 455 al 461, se destacan los siguientes aspectos:

Ubicación área y población

La Comunidad Indígena Embera de Bochoroma-Bochoromacito, se encuentra asentada en las riberas de los ríos Bochoromá y Bochoromacito en jurisdicción de la inspección de Policía de Playa de Oro, municipio de Tadó en el departamento del Chocó.

La comunidad ocupa 895 hectáreas 6.237 metros cuadrados de las cuales 526-00 hectáreas corresponden al área del Resguardo legalmente constituido y 369 hectáreas 6.237 metros cuadrados son terrenos baldíos adyacentes al resguardo en los sectores norte y sur de este, sobre los cuales se proyecta la ampliación del resguardo. La comunidad está conformada por 25 familias, integradas por 135 personas, de las cuales 70 son mujeres, equivalentes al 51.86% y 65 son varones que representan el 48.14%, (folio 457).

Clima, suelos e hidrografía

La región se localiza sobre el piso térmico cálido, franja altitudinal entre 200 y 1.000 metros sobre el nivel del mar, con temperatura promedio entre 22 y 25°C y precipitación anual...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR