RESOLUCION 038 RD 5460 - 28 de Octubre de 2014 - Registro distrital - Legislación - VLEX 560475738

RESOLUCION 038 RD 5460

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 5460 28 OCTUBRE 2014
EmisorINSTITUTO DISTRITAL DE GESTIÓN DE RIESGOS Y CAMBIO CLIMÁTICO – IDIGER -
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 48 • Número 5460 • pP. 1-37 • 2014 • OCTUBRE 28
ARTÍCULO TERCERO: El Responsable de Presu-
puesto, deberá expedir los registros presupuestales de
manera individual para cada beneciario con un plazo
máximo que no exceda la vigencia scal.
ARTÍCULO CUARTO: El pago de las ayudas huma-
nitarias debe ceñirse a los procedimientos y formatos
estandarizados y adoptados desde el Sistema de
Gestión de Calidad.
ARTÍCULO QUINTO: Quien obtenga la ayuda huma-
nitaria mediante engaño sobre los requisitos requeri-
dos para su concesión u omitiendo datos relevantes,
incurrirá en las sanciones de ley, perderá el derecho
y deberá reembolsar el dinero al Instituto Distrital de
Gestión de Riesgos y Adaptación al Cambio Climático.
ARTÍCULO SEXTO: La presente resolución rige a
partir de su publicación en debida forma.
Dada en Bogotá, D.C., a los veintitrés (23) días
del mes de octubre de dos mil catorce (2014).
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
JAVIER PAVA SÁNCHEZ
Director General
Resolución Número 038
(Octubre 23 de 2014)
“Por medio de la cual se ordena el pago de
ayudas humanitarias de carácter pecuniario de
conformidad con lo establecido en la Resolución
091 de 2014”.
EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DIS-
TRITAL DE GESTIÓN DE RIESGOS Y CAMBIO
CLIMÁTICO – IDIGER -,
EN USO DE SUS ATRIBUCIONES Y EN ESPE-
CIAL LAS CONFERIDAS POR EL ACUERDO 546
CONSIDERANDO:
Que el Plan de Desarrollo 2012-2016 “Bogotá Humana”
incluye acciones para proteger la vida de las familias
afectadas por situaciones de emergencia o en alto ries-
go no mitigable, a través de procesos de reubicación de
viviendas o de la implementación de otras alternativas
diseñadas por la administración distrital.
Que mediante el artículo 8° del Acuerdo Distrital 546
de 2013 se transformó el Fondo de Prevención y Aten-
ción de Emergencias FOPAE, en el Instituto Distrital
de Gestión de Riesgos y Cambio Climático - IDIGER,
establecimiento público del orden distrital, con perso-
nería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio
propio, adscrito a la Secretaría Distrital de Ambiente.
Que el literal c) del citado artículo 11 del Acuerdo
Distrital 546 de 2013, atribuye al IDIGER la función de
velar por la ejecución y continuidad de los procesos
de la gestión de riesgos que incluye conocimiento de
riesgos, reducción de riesgos y manejo de situaciones
de emergencia, calamidad y/o desastre.
Que el FOPAE mediante Resolución No. 091 de
2014 “por la cual se establecen lineamientos y pro-
cedimientos para la entrega de Ayudas Humanitarias
reconocidas por el FOPAE” estableció el concepto de
Ayuda Humanitaria de Carácter Pecuniaria – AHCP –
como “un apoyo económico a la familia expuesta a una
situación de riesgo inminente, emergencia, calamidad
o desastre, con el n de garantizar su evacuación y
traslado”.
Que de conformidad con el Literal e) del art. 5 de la
Resolución 091 de 2014, el IDIGER dispondrá de los
mecanismos necesarios para llevar a cabo la reloca-
lización transitoria por decisión judicial, teniendo en
cuenta el número del fallo o sentencia judicial y el
registro de familias afectadas.
Que para respaldar el pago de las ayudas humanita-
rias de carácter pecuniario cuyo pago se ordena con
la presente Resolución se expidió el Certicado de
Disponibilidad Presupuestal No. 1068 de fecha 22 de
Octubre de 2014 por valor de $7.758.000.oo Rubro
Presupuestal 3-3-1-14-02-20-0788-200 concepto
Reducción y Manejo Integral de riesgo de familias
localizadas en zonas de alto riesgo no mitigable.
Que se debe buscar un medio expedito que permita
el pago inmediato de la ayuda humanitaria de tal ma-
nera que los derechos queden resarcidos en el menor
tiempo posible.
En mérito de lo expuesto
RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO: Ordénese los pagos de ayudas
humanitarias de carácter pecuniario a las familias que
sean evacuadas por riesgo inminente, emergencia,
calamidad o desastre y/o, de manera transitoria por
decisión judicial en el Distrito Capital de conformidad
con lo establecido en la Resolución 091 de 2014.
PARÁGRAFO 1.- Los pagos se harán hasta agotar los
recursos dispuestos en el Certicado de Disponibilidad
Presupuestal No. 1068 de fecha 22 de Octubre de 2014
por valor de $7.758.000.oo Rubro Presupuestal 3-3-
1-14-02-20-0788-200 concepto Reducción y Manejo
Integral de riesgo de familias localizadas en zonas de
alto riesgo no mitigable.

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