Resolución 044, por la cual la Unidad Administrativa Especial Liquidadora de Asuntos del Instituto de Crédito Territorial, transfiere al Inurbe la propiedad de un inmueble - 20 de Febrero de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43171974

Resolución 044, por la cual la Unidad Administrativa Especial Liquidadora de Asuntos del Instituto de Crédito Territorial, transfiere al Inurbe la propiedad de un inmueble

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Instituto de Crédito Territorial Unidad Administrativa Especial Liquidadora
Número de Boletín44715

El Director General de la Unidad Administrativa Especial Liquidadora de Asuntos del Instituto de Crédito Territorial, en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto 1565 de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 2°, de la Ley 708 del 29 de noviembre de 2001 ordenó a las entidades públicas del orde n nacional transferir al Inurbe, los bienes inmuebles fiscales de su propiedad o la porción de ellos con vocación para la construcción o el desarrollo de proyectos de vivienda de interés social, conforme al reglamento que expida el Gobierno Nacional y mediante Resolución Administrativa;

Que el artículo 2°, de la Ley 708 de 2001 ordenó específicamente a la U.A.E.‑I.C.T., transferir al Inurbe, sus activos, excluyendo con relación a los inmuebles los que constituyen cesiones obligatorias;

Que el Decreto 2882 de 2001 reglamentario de la Ley 708 de 2001 fijó el procedimiento de transferencia de dichos inmuebles, el cual fue cumplido por la U.A.E.‑I.C.T.;

Que el inmueble a que se refiere esta resolución es apto para la construcción de vivienda de interés social;

Que el Gerente General del Inurbe, en cumplimiento de lo dispuesto por la Junta Directiva de ese instituto en la sesión de enero 28 de 2002 solicitó a esta Dirección transferir la propiedad del terreno conocido como El Papiro Urbano, ubicado en el municipio de Soacha, Cundinamarca;

Que en consecuencia y en cumplimiento a lo ordenado por la Ley 708 y el Decreto 2882 de 2001,

RESUELVE:

Artículo 1° Transferir a título gratuito conforme a la Ley 708 de 2001 al Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, la propiedad y posesión del siguiente inmueble:

Lote de terreno denominado Papiro Urbano, ubicado en el municipio de Soacha, departamento de Cundinamarca, con un área de ciento siete mil cuatrocientos setenta y nueve con quinientos sesenta y dos metros cuadrados (107.479.562 M2) comprendido dentro de los siguientes linderos:

Partiendo del mojón 52A con...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR