RESOLUCION 044 RD 6152 - 11 de Septiembre de 2017 - Registro distrital - Legislación - VLEX 693401493

RESOLUCION 044 RD 6152

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 6152 11 SEPTIEMBRE 2017
EmisorVeeduria Distrital
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6152 • pP. 1-65 • 2017 • SEPTIEMBRE 11
VEEDURÍA DISTRITAL
Resolución Número 044
(Marzo 14 de 2017)
“Por la cual se ordena el traslado de Bienes
Entre Entidades Distritales a través de
operaciones Interinstitucionales”
EL VEEDOR DISTRITAL
En ejercicio de sus facultades legales y en
especial las conferidas en el literal h del artículo
4 del Acuerdo Distrital No. 24 de 1993, y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución No. 001 del 20 de septiembre de
2001, por medio de la cual se expide el Manual de
Procedimientos Administrativos y Contables para
el Manejo y Control de los Bienes en los Entes Pú-
blicos del Distrito Capital, emitida por el Contador
General de Bogotá D.C., establece el procedimiento
administrativo para el egreso o salida denitiva de
los bienes, e indica los parámetros para el traslado
o traspaso de bienes entre entidades distritales a
través de operaciones interinstitucionales.
Que mediante Resolución No. 140 del 07 de no-
viembre de 2001 de la Veeduría Distrital, se creó el
Comité de Inventarios de la Entidad, en cuyo artículo
primero estableció como funciones del mismo, entre
otras, “coordinar, planicar y apoyar en su gestión
al responsable de Almacén y de establecer planes
y programas al interior de la Entidad que permitan
mantener actualizados los inventarios y adoptar las
decisiones relacionadas con este tema”.
Que mediante Resolución No. 066 del 15 de abril de
2015, se modicó el artículo segundo de la Resolu-
ción No. 140 de 2001, el cual quedó de la siguiente
manera: “Artículo Segundo: Designar a los siguientes
cargos de la Veeduría Distrital, para conformar el co-
mité de inventarios así: el o la Viceveedor(a) Distrital,
quien siempre lo presidirá; el Profesional Universita-
rio, responsable del proceso de Bienes, Servicios e
Infraestructura, quien ejercerá la Secretaría Técnica
y el Profesional Especializado, Responsable del
Proceso de Gestión Financiera –Contabilidad.
En casos especiales, este comité podrá invitar a la o
el Jefe de Ocina de Jurídica, así como al funcionario
Responsable de Control Interno, por considerarlo
pertinente y necesario.”
Que teniendo en cuenta que la Veeduría Distrital en
virtud del Contrato No. 069 de 2017, tomó en calidad
de arrendamiento un nuevo inmueble, el cual está
debidamente dotado con el mobiliario necesario para
llevar a cabo las funciones de la Veeduría Distrital.
Que en virtud de lo expuesto, el Comité de Inventa-
rios de la Entidad se reunió con el n de analizar la
totalidad de los bienes con los que cuenta actual-
mente la Entidad, revisando estándares de vida útil,
uso, desgaste, tecnología, fecha de adquisición y
necesidad, para así lograr un adecuado manejo y
administración de los bienes físicos de la Veeduría
Distrital.
Que lo anterior, tuvo como base las recomendacio-
nes efectuadas en el informe de la ARL POSITIVA,
realizado en el mes de marzo de 2015, sobre la Im-
plementación del Plan de vigilancia Epidemiológica
Ergonómico –PVE-, que implican adelantar cambios
en el mobiliario de la Entidad y mejorar estándares
ergonómicos.
Que como conclusión de lo indicado anteriormente
se evidenció que algunos de los bienes de propiedad
de la Veeduría Distrital aún pueden ser de utilidad
para otras Entidades distritales, razón por la cual el
Viceveedor Distrital, Daniel Andrés García Cañón;
emitió comunicación No. 20172300019041 dirigida
al Director de Dotaciones Escolares de la Secretaría
de Educación Distrital, Fernando Ramírez Ochoa,
en la cual se puso a consideración, la entrega de
los bienes de propiedad de la Veeduría Distrital, en
calidad de Traslado de Bienes entre Entidades Dis-
tritales a través de operaciones Interinstitucionales,
atendiendo lo dispuesto en el numeral 5.6.4.6 de la
Resolución No. 001 de 2001, el cual establece:
“5.6.4.6. Traslado de Bienes Entre Entidades
Distritales a través de operaciones Interinstitu-
cionales:
La característica de este tipo de operaciones es
la transferencia de la propiedad de los bienes
que realicen las Entidades Distritales.
TRASLADO DE INVENTARIOS: Jurídicamente
opera cuando la entrega de bienes sin contra
prestación económica se realiza entre entidades
del sector central distrital, por tratarse de una
sola persona jurídica. Se formaliza con el acta
de entrega que se suscriba entre los funciona-
rios responsables del Almacén o Bodega de las
respectivas entidades.
TRASPASO DE INVENTARIOS: Jurídicamente
se dene como la entrega de los bienes entre
entidades del sector central y descentralizado o
entre las entidades descentralizadas entre sí, del
nivel distrital, por tratarse de dos personas jurí-

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