Resolución 0489, por la cual se distribuyen adicionalmente recursos del Fondo Nacional de Financiación de Partido y Campañas Electorales, para gastos de funcionamiento a Partidos y Movimientos Políticos que obtuvieron la personería jurídica con posterioridad al dos de febrero de 2000. - 4 de Agosto de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43139849

Resolución 0489, por la cual se distribuyen adicionalmente recursos del Fondo Nacional de Financiación de Partido y Campañas Electorales, para gastos de funcionamiento a Partidos y Movimientos Políticos que obtuvieron la personería jurídica con posterioridad al dos de febrero de 2000.

EmisorVarios - Consejo Nacional Electoral
Número de Boletín44114

DIARIO OFICIAL 44.114 RESOLUCIÓN 0489 26/07/2000 por la cual se distribuyen adicionalmente recursos del Fondo Nacional de Financiación de Partido y Campañas Electorales, para gastos de funcionamiento a Partidos y Movimientos Políticos que obtuvieron la personería jurídica con posterioridad al dos de febrero de 2000. El Consejo Nacional Electoral, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales y especialmente las que le confiere la Ley 130 de 1994 en sus artículos 12 y 4°, CONSIDERANDO: 1. Que de conformidad con el numeral 6° del artículo 265 de la Constitución Política le compete al Consejo Nacional Electoral como atribución especial la de distribuir los aportes que para el financiamiento de las campañas electorales y para asegurar el derecho de participación política de los ciudadanos; 2. Que el artículo 12 de la Ley 130 de 1994, dispone que el Estado contribuirá a la financiación del funcionamiento de los partidos políticos con personería jurídica o con representación en el Congreso de la República. 3. Que el patrimonio del Fondo Nacional de Financiación de Partidos y Campañas Electorales, se integra con los recursos que asigne el Estado anualmente para la financiación de los Partidos y Movimientos Políticos, de conformidad con lo señalado en los artículos 12 y 38 de la Ley 130 de 1994. 4. Que en la Ley 547 del 23 de diciembre de 1999, por la cual se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre del 2000), el Decreto 2686 del 28 de diciembre de 1999 (por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del 2000), se detallan las apropiaciones y se clasifica y definen los gastos. La apropiación presupuestal disponible de afectación en la cuenta tres (3) transferencias corrientes, subcuenta uno (1), financiación de partidos y campañas electorales (Ley 130 de 1994), recurso diez (10), recursos corrientes, es la suma de dieciséis mil novecientos ochenta millones ochocientos noventa y tres mil noventa y nueve pesos ($16.980.893.099). 5. Mediante oficio del 5 de enero de 2000 la Directora Nacional Administrativa de la Registraduría Nacional del Estado Civil informó al Consejo Nacional Electoral lo relacionado con la apropiación presupuestal descrita en el considerando anterior. En este oficio la mencionada directora igualmente manifestó que la apropiación materia del asunto estaba destinada tanto a la financiación de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR