Resolución (0494-2021) md-dimar-cp05-alitma de 2021, por medio de la cual se aclara la resolución número 0451-2021 MD-D1MAR-CP05-ALITMA del 30 de julio de 2021, con la que se otorgó concesión sobre un área de aguas marítimas de bien de uso público, en jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Cartagena a la sociedad Astilleros Cartagena & CIA. LTDA., identificada con NIT. 890401804-5 - 13 de Enero de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 883994018

Resolución (0494-2021) md-dimar-cp05-alitma de 2021, por medio de la cual se aclara la resolución número 0451-2021 MD-D1MAR-CP05-ALITMA del 30 de julio de 2021, con la que se otorgó concesión sobre un área de aguas marítimas de bien de uso público, en jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Cartagena a la sociedad Astilleros Cartagena & CIA. LTDA., identificada con NIT. 890401804-5

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín51916

El Capitán de Puerto de Cartagena, en ejercicio de las facultades legales, en especial las que le confiere el numeral 21 y 22 del artículo 5º del Decreto-ley 2324 de 1984, en concordancia con el artículo 3º del Decreto 5057 de 2009.

CONSIDERANDO:

Que mediante resolución 0451-2021 MD-DIMAR-CP05-ALITMA de 30 de julio de 2021, el suscrito Capitán de Puerto otorgó concesión sobre un área de aguas marítimas bien de uso público en el distrito de Cartagena a favor de la compañía Astilleros Cartagena & CIA. LTDA.

Que la resolución 0451-2021 MD-DIMAR-CP05-ALITMA de 30 de julio de 2021, fue notificada al representante legal de la empresa beneficiaria de la concesión, a través de correo electrónico de fecha 9 de agosto de 2021.

Que mediante oficio radicado bajo consecutivo número 152021107498 del 13 de agosto de 2021, suscrito por el señor Nicolás Minervini, en calidad de representante legal de la compañía Astilleros Cartagena & CIA. LTDA., presentó solicitud de aclaración de la resolución referida, toda vez que existe en el acto administrativo error con la trascripción del NIT de la compañía.

Que, al verificar el certificado de existencia y representación legal, se aprecia que, en efecto, existe un error de digitación en el NIT por lo que se hace pertinente efectuar una aclaración a la resolución referida.

Que, en mérito de lo anterior, el suscrito Capitán de Puerto de Cartagena,

RESUELVE:

P...

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