Resolución 050, por la cual se modifica parcialmente la Resolución número 035 del 28 de febrero de 2006 del Fondo Nacional de Vivienda. - 17 de Marzo de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43234609

Resolución 050, por la cual se modifica parcialmente la Resolución número 035 del 28 de febrero de 2006 del Fondo Nacional de Vivienda.

EmisorVarios - Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda
Número de Boletín46213

El Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda en uso de las facultades legales y reglamentarias y de conformidad con lo establecido en el numeral 9 del artículo del Decreto 555 de 2003, el artículo 40 del Decreto 975 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que por medio de la Resolución 035 del 28 de febrero de 2006 del Fondo Nacional de Vivienda, se realizó la preselección de doscientos veinte (220) hogares dentro del proceso de asignación de subsidios familiares de vivienda urbana correspondientes a la aceptación de recursos de reposición interpuestos contra la Resolución No. 106 del 3 de agosto de 2005 de Bolsa Ordinaria;

Que la mencionada resolución en el artículo 2º establece que los hogares preseleccionados tendrán un plazo de quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de publicación de la presente resolución para acreditar la existencia de los recursos complementarios;

Que en el Diario Oficial número 46.198 del 2 de marzo de 2006, se publicó la Resolución número 035 del 28 de febrero de 2006;

Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 40 del Decreto 975 de 2004, los hogares cuentan con un plazo de hasta dos meses para demostrar ante la entidad otorgante la existencia de los recursos complementarios al subsidio suficientes para acceder a la solución de vivienda a la que se postuló;

Que el parágrafo 6º del artículo 40 del decreto mencionado, prevé que el plazo establecido de dos meses, puede ser como mínimo de 15 días para acreditar la existencia de los recursos complementarios;

Que es necesario que los hogares presenten el cierre financiero de la solución de vivienda a la que se postularon, como requisito para recibir el beneficio de la asignación del subsidio;

Que la Unión Temporal de Cajas de Compensación, CAVIS UT, a través del correo electrónico del 10 de marzo de 2006 solicita ampliación del plazo para cierre financiero de los hogares preseleccionados mediante la Resolución número 035 del 28 de...

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