Resolución 0506, por la cual se ordena la renovación de la inscripción en el catastro de todos los predios urbanos y rurales del municipio de La Unión, departamento de Sucre. - 30 de Septiembre de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43242186

Resolución 0506, por la cual se ordena la renovación de la inscripción en el catastro de todos los predios urbanos y rurales del municipio de La Unión, departamento de Sucre.

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano de Desarrollo Rural
Número de Boletín46407

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Por lo anteriormente expuesto, el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural, en uso de las atribuciones que le confiere el Decreto número 1300 de 2003, la Ley 160 de 1994, los decretos reglamentarios de dicha ley y los estatutos,

RESUELVE:

Artículo 1°

Adjudicar a Oscar Alberto García Gómez y Virginia Agudelo Cruz, identificados con cédula de ciudadanía número 11788546 y 30389066 expedidas en Quibdó y La Dorada, el terreno baldío denominado El Mango, ubicado en la vereda Ermitaño, del municipio de Puerto Boyacá, departamento de Boyacá, cuya extensión ha sido calculada en sesenta (60) hectáreas, ocho mil novecientos sesenta y ocho (8.968 ) metros cuadrados, y se identifica por el plano número 5-2-00014 de julio de 2004, radicado en el Incoder y comprendido dentro de los siguientes linderos:

Punto de partida: Se toma como tal el detalle número 17, ubicado al Noroeste, con Coordenadas 1.175.390 Norte y 955.340 Este, donde concurren las colindancias de José Manuel Cruz, Miguel Willian García Gómez y los interesados, colinda así:

Norte: Miguel Willian García Gómez, en distancia de 1.215 metros, del detalle número 17, al detalle número 21, pasando por los detalles número 11, 1 y lA.

Oriente: Río Ermitaño, zona de protección de 30 metros al medio, en distancia de 200 metros, del detalle número 21, al detalle número 1.

Sureste y sur: Eliécer Londoño Londoño, en distancia de 1.155 metros, del detalle número 1, al detalle número 10, pasando por los detalles número 1B, 5 y 8.

Occidente: José Manuel Cruz, en distancia de 940 metros, del detalle número 10, pasando por el detalle número 15, hasta llegar al detalle número 17, punto de partida y encierra.

Segundo. Quedan a salvo, conforme a las leyes vigentes, los derechos adquiridos por terceros poseedores cuyos intereses choquen con esta adjudicación, ya...

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