Resolución 0521, por la cual se conforma el Comité Sectorial de Desarrollo Administrativo del Sector Hacienda - 17 de Marzo de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43133808

Resolución 0521, por la cual se conforma el Comité Sectorial de Desarrollo Administrativo del Sector Hacienda

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín43937

DIARIO OFICIAL 43.937 RESOLUCIÓN 0521 13/03/2000 por la cual se conforma el Comité Sectorial de Desarrollo Administrativo del Sector Hacienda. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las que le confiere la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público tiene como objetivo la definición, formulación y ejecución de la política económica del Estado, de los planes generales, programas y proyectos relacionados con ésta, sin perjuicio de las atribuciones conferidas a la Junta Directiva del Banco de la República, y las que ejerza a través de organismos adscritos o vinculados para el ejercicio de las funciones que correspondan a la intervención del Estado en las actividades financiera, bursátil, aseguradora y cualquiera otra relacionada con el manejo, aprovechamiento e inversión de los recursos del ahorro público y el tesoro nacional, de conformidad con la Constitución Política y la ley; Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público tiene a cargo la orientación del ejercicio de las funciones de las entidades adscritas o vinculadas, sin perjuicio de las potestades de decisión, de participación en la formulación de la política, en la elaboración de los programas sectoriales y en la ejecución de los mismos que tienen esas entidades; Que la Ley 489 de 1998 establece en el Capítulo Segundo que la función administrativa se desarrollará conforme a los principios constitucionales, en particular los atinentes a la buena fe, igualdad, moralidad, celeridad, economía, imparcialidad, eficacia, eficiencia, participación, publicidad, responsabilidad y transparencia; Que el Capítulo Cuarto de la Ley 489 de 1998 define el Sistema de Desarrollo Administrativo como un conjunto de políticas, estrategias, metodologías, técnicas y mecanismos de carácter administrativo y organizacional para la gestión y manejo de los recursos humanos, técnicos, materiales, físicos y financieros de las entidades de la Administración Pública, orientado a fortalecer la capacidad administrativa y el desempeño institucional; Que el artículo 19 de la Ley 489 de 1998 prevé que los Ministros y Directores de Departamento Administrativo conformarán el Comité Sectorial de Desarrollo Administrativo, del cual harán parte los directores, gerentes o presidentes de los organismos y entidades adscritos o vinculados, quienes serán responsables únicos por el cumplimiento de las funciones a su cargo so pena de...

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