Resolución 054, por la cual se modifica el Presupuesto de Gastos de la Empresa Social del Estado Policarpa Salavarrieta, para la vigencia fiscal de 2004. - 11 de Octubre de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43214835

Resolución 054, por la cual se modifica el Presupuesto de Gastos de la Empresa Social del Estado Policarpa Salavarrieta, para la vigencia fiscal de 2004.

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín45698

La Directora General del Presupuesto Nacional, en uso de la facultad que le confiere el artículo 1º de la Resolución número 04 del 2 de junio de 2004, expedida por el Consejo Superior de Política Fiscal, Confis,

CONSIDERANDO:

Que la Empresa Social del Estado Poli carpa Salavarrieta fue creada de conformidad con el artículo 2º del Decreto número 1750 del 26 de junio de 2003;

Que mediante Resolución número 014 del 26 de diciembre de 2003, el Consejo Superior de Política Fiscal, Confis, aprobó el presupuesto de ingresos y gastos de la ESE Policarpa Salavarrieta para la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 2004;

Que el artículo 11, inciso segundo de la Ley 225 del 20 de diciembre de 1995, dispone que las Empresas Sociales del Estado del orden nacional que constituyan una categoría especial de entidad pública descentralizada, se sujetarán para efectos presupuestales al régimen de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado;

Que el Estatuto Orgánico del Presupuesto en su artículo 26, numeral 4, establece como función del Consejo Superior de Política Fiscal, Confis, aprobar y modificar, mediante resolución, los presupuestos de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y las Sociedades de Economía Mixta con el régimen de aquellas dedicadas a actividades no financieras, previa consulta con el Ministerio respectivo;

Que el Consejo Superior de Política Fiscal, Confis, delegó mediante Resolución número 04 del 2 de junio de 2004, en el Director General del Presupuesto Público Nacional la aprobación de los traslados, adiciones y reducciones presupuestales de los presupuestos de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y de las Sociedades de Economía Mixta sujetas al régimen de aquellas, del orden nacional, dedicadas a actividades no financieras y de las empresas que se rigen por lo dispuesto en el artículo 5º del Estatuto Orgánico del Presupuesto, previa consulta con el Ministerio respectivo;

Que el artículo 24 del Decreto 115 de 1996, establece que las adiciones, traslados o reducciones que modifiquen el valor total de los gastos de funcionamiento, gastos de operación comercial, servicio de la deuda y gastos de inversión, serán aprobados por el Consejo Superior de Política...

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