Resolución 066, por la cual se resuelven las solicitudes de revocatoria directa de la Resolución CREG-096 de 2003 presentadas por la Empresa de Energía Valle del Guamuez S.A. ESP y por la Alcaldía del municipio Valle del Guamuéz. - 19 de Octubre de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43215067

Resolución 066, por la cual se resuelven las solicitudes de revocatoria directa de la Resolución CREG-096 de 2003 presentadas por la Empresa de Energía Valle del Guamuez S.A. ESP y por la Alcaldía del municipio Valle del Guamuéz.

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Comisión De Regulación De Energía Y Gas
Número de Boletín45706

La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994 y de acuerdo con los Decretos 1524 y 2253 de 1994, y

CONSIDERANDO:

Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas expid ió la Resolución CREG-096 de 2003, "por la cual se aprueban el costo anual por el uso de los activos del nivel de tensión 4 y los cargos máximos de los niveles de tensión 3, 2 y 1 de los Sistemas de Transmisión Regional (STR) y de Distribución Local (SDL), operados por la Empresa de Energía del Bajo Putumayo S. A. ESP";

Que mediante escrito con radicado E-2004-003372, el representante legal de la Empresa de Energía Valle del Guamuez S.A. ESP, en adelante Energuamuez, solicitó a la Comisión la revocatoria directa de la Resolución CREG- 096 de 2003 en los siguientes términos:

"... comparezco ante ustedes en acción de revocatoria contra el acto administrativo expresado en la Resolución CREG- 096 de 2003, por medio de la cual se le aprobaron cargos para el sistema del Operador de Red Empresa de Energía del Bajo Putumayo S.A. ESP hasta diciembre de 2007, en el cual se incluyeron los activos con los que se sirve el municipio del Valle del Guamuéz, afectando con dicho acto el interés, patrimonio y bienes públicos tanto del municipio Valle del Guamuez como los de Energuamuez misma en la medida que al empresa que hoy gerencio (sic)recibió del municipio mediante Acta de fecha 8 de enero de 2004, los activos eléctricos para su administración, operación y mantenimiento a partir del 29 de enero del mismo mes y año, los mismos que con anterioridad y hasta el día 28 de mismo mes y año estuvieron entregados a la Empresa de Energía del Bajo Putumayo por determinación del alcalde anterior, señor Flower Edmundo Meza Sevillano;

La presente acción de revocatoria está dirigida a modificar lo que corresponde a la asignación de los cargos por uso a favor de la empresa EEBP S. A. ESP; en tal sentido Energuamuez S. A. ESP solicita que al modificar la Resolución 096 de 2003 como consecuencia de la acción de revocatoria, los cargos de uso aprobados a la EEBPSA deberán aplicarsen (sic) o corregirsen (sic) a partir de la exclusión de los activos eléctricos entregados por el municipio y que están haciendo parte en la actualidad del paquete de inventarios que la EEBPSA reportó a la CREG, mediante el Oficio número de radicación E-2003-003425 del 6 de abril de 2003";

Que según Energuamuez el Municipio hizo entrega de los activos de distribución a Energuamuez a partir del día 29 de enero de 2004 por lo que en la actualidad es la única autorizada por el municipio para la operación, administración y mantenimiento del SDL, quedando pendiente que la CREG apruebe los cargos por uso para poder operarlos y que por tanto la Resolución CREG-096 de 2003 impide a su empresa percibir la contraprestación económica por la administración y operación de los activos del SDL del municipio;

Que la empresa peticionaria fundamenta su solicitud en los argumentos que se resumen a continuación:

  1. En el mes de mayo de 2002 el Municipio del Valle del Guamuez, en adelante el Municipio, y la Empresa de Energía del Bajo Putumayo S. A. ESP, en adelante Bajo Putumayo, celebraron un Convenio, 001 de 2002, para la administración del sistema de distribución local y comercialización de energía en el municipio, el cual estuvo vigente hasta el 28 de enero de 2004;

  2. El mencionado convenio fue remitido a la Comisión para soportar la solicitud de aprobación de cargos de distribución;

  3. Ni la CREG ni la Superintendencia d e Servicios Públicos Domiciliarios se pronunciaron sobre el mencionado Acuerdo en el cual se estaba entregando el monopolio de la comercialización de energía en la jurisdicción del municipio a Bajo Putumayo, en violación de lo dispuesto en la Ley 142 de 1994 y en detrimento de los intereses de Energuamuez, empresa en la cual el Municipio es accionista junto con casi 1600 usuarios;

  4. Si bien en abril de 2003 la empresa Bajo Putumayo estaba autorizada para reportar los activos objeto del convenio, para efectos del cálculo de los cargos de distribución, la Comisión conocía la fecha de finalización del convenio por lo que "...debió haber dejado en claro que los cargos aprobados a la empresa del Bajo Putumayo, quedarían sujetos a modificaciones en el evento en que el municipio del Valle del Guamuez no renovara el convenio suscrito con la E.E.B.P. como efectivamente ocurrió";

  5. Los activos que en su momento se entregaron para ser operados por Bajo Putumayo son los mismos que ahora el municipio le ha entregado a Energuamuez, sin que en ningún momento hubieren sido controvertidos por los organismos competentes "... por lo que igualmente continúan siendo válidos y tiene la misma connotación ahora que se encuentran entregados a la empresa de nuestro municipio";

  6. La nueva administración municipal hizo saber a Bajo Putumayo su decisión de no renovar el convenio de operación de los activos y le informó que estos serían entregados a Energuamuez, como efectivamente se hizo mediante Acta del 8 de enero de 2004 suscrita por el Alcalde Municipal y el Gerente de la Empresa;

  7. En su momento el Municipio y Energuamuez no hicieron valer sus observaciones al tenor de lo señalado en la Resolución CREG-082 de 2002, por cuanto el alcalde saliente no tenía interés en ello por haber sido quien suscribió el acuerdo con Bajo Putumayo y Energuamuez por su parte, esperando a la terminación del acuerdo dado que por no tener activos de distribución sus gestiones ante la CREG eran desatendidas. "Además, cómo saber que la CREG comprometería bienes y activos eléctricos del Municipio a favor de la E.E.B.P. hasta el año 2007 para el soporte de los cargos por uso aprobados a...

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