Resolución 0726, por la cual se otorga una licencia ambiental. - 4 de Diciembre de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43144860

Resolución 0726, por la cual se otorga una licencia ambiental.

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autonoma Regional de Boyacá -"Corpoboyacá"
Número de Boletín44247

DIARIO OFICIAL 44.247 RESOLUCIÓN 0726 17/11/1999 por la cual se otorga una licencia ambiental. El Director General de la Corporación Autónoma Regional de Boyacá, "Corpoboyacá", en uso de sus atribuciones legales y estatutarias, en especial las conferidas en la Ley 99 de 1993, y CONSIDERANDO: ............................................................................................................................................... Que en mérito de lo anteriormente expuesto el Director General de Corpoboyacá, RESUELVE: Artículo 1º. Otorgar a nombre de la señora Olga Yaneth Bolívar Méndez, identificada con la cédula de ciudadanía número 46358242 expedida en Sogamoso, licencia ambiental, para el proyecto de construcción de una planta de procesamiento de lácteos, a desarrollarse en la carrera 7 con calle 15, jurisdicción del municipio de "Firavitoba ¿ Boyacá". Artículo 2º. El titular de la Licencia Ambiental y ejecutores del proyecto deberá tener en cuenta lo siguiente: Una vez construido el sistema de tratamiento de vertimientos líquidos, informar a Corpoboyacá para su recibo. Al iniciar el funcionamiento de la planta de tratamiento de las aguas industriales, se deberán presentar las caracterizaciones semestrales a fin de determinar la eficiencia del sistema, en concordancia con lo señalado en el Decreto 1594 de 1984. Dar cumplimiento al Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental. Cualquier modificación deberá ser reportada a esta entidad. Realizar la descripción de los sistemas seleccionados para acueducto y alcantarillado. En la construcción de los sistema de alcantarillado, no se podrán combinar los sistemas de tratamiento de agua residual doméstica, con las aguas residuales industriales. Presentar diseños de los sistemas de tratamiento con sus respectivos cálculos. Implementar el programa de seguridad industrial. Artículo 3º. El término de la licencia ambiental que se otorga mediante la presente resolución será el mismo de la construcción y desarrollo del proyecto. Artículo 4º. El interesado en ningún caso podrá usar, aprovechar, afectar los recursos naturales renovables que no se encuentran contemplados en esta providencia. Artículo 5º. El interesado será responsable de los perjuicios que por ocasión del desarrollo del proyecto se puedan causar a terceros, ante el incumplimiento de las obligaciones impuestas en este proveído y en el Plan de manejo Ambiental si hubiere lugar. Artículo 6°. Corpoboyacá, podrá supervisar y...

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