RESOLUCION 0798 RD 6386 - 5 de Septiembre de 2018 - Registro distrital - Legislación - VLEX 738336821

RESOLUCION 0798 RD 6386

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 6386 5 SEPTIEMBRE 2018
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6386 • pP. 1-25 • 2018 • SEPTIEMBRE 5
Resolución Número 116
(Agosto 27 de 2018)
“Por la cual se hace un nombramiento”
EL GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA
METRO DE BOGOTÁ S.A.
En ejercicio de sus atribuciones legales y en
especial las conferidas por el Acuerdo Distrital
642 de 2016, así como el Acta de Constitución
y los Estatutos de la Empresa Metro de Bogotá
S.A., Protocolizados mediante Escritura
Pública No. 5291 de 14 de diciembre de 2016
en la Notaría Primera del Círculo de Bogotá;
modificados mediante escritura pública 126 de
2018 en la Notaria Doce del Circulo de Bogotá;
y lo dispuesto en los Acuerdos de la Junta
Directiva de la Empresa Metro de Bogotá No.
Acuerdos N° 02, 03, 06 y 07 de 2017.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º-: Nombrar al Doctor JOSE MAURI-
CIO DIAZ SANCHEZ, identificado con cédula de
ciudadanía No. 79.465.738 de Bogotá en el cargo
de Gerente Ejecutivo y de Estructuración Finan-
ciera Código 039 Grado 03, de la Planta Global de
la Empresa Metro de Bogotá S.A.
ARTÍCULO 2º-: Notificar al Doctor JOSE MAURI-
CIO DIAZ SANCHEZ, el contenido de la presente
Resolución.
ARTÍCULO 3º-: Comunicar el presente Acto Admi-
nistrativo a la Gerencia Administrativa y Financie-
ra de la Empresa Metro de Bogotá S.A., o quien
haga sus veces, para realizar los trámites legales
correspondientes.
ARTÍCULO 4º-: La presente Resolución rige a partir
de la fecha de su expedición.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veintisiete (27) días
del mes de agosto de dos mil dieciocho (2018).
ANDRÉS ESCOBAR URIBE
Gerente General
EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE
BOGOTÁ-ESP
Resolución Número 0798
(Septiembre 3 de 2018
POR MEDIO DE LA CUAL SE ACOTA, ANUNCIA
Y DECLARA DE UTILIDAD PÚBLICA E
INTERÉS SOCIAL LAS ÁREAS DE TERRENO
REQUERIDAS PARA LAS OBRAS DE
OPTIMIZACIÓN DE LOS SISTEMAS MATRICES
DE ACUEDUCTO DEL SECTOR DE LOS CERROS
ORIENTALES EN LA LOCALIDAD DE USAQUÉN
DE BOGOTÁ, D.C.
LA DIRECTORA ADMINISTRATIVA DE BIENES
RAÍCES DE LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y
ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ-ESP.,
en uso de sus facultades delegatarias conferidas
según Resolución No. 196 del 7 de abril de 2017
de la Gerencia General y de las atribuciones
legales y estatutarias, en especial las conferidas
en la Ley 56 de 1981, el Capítulo III de la Ley 9ª
de 1989, modificada por la Ley 388 de 1997, los
artículos 455 a 474 del Decreto Distrital 190 de
2004, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con los estatutos de la Empresa,
su objeto es la prestación de los servicios públicos
esenciales domiciliarios de acueducto y alcantarillado
en el área de jurisdicción del Distrito Capital de Bogo-
tá, así como en cualquier lugar de ámbito nacional e
internacional.
Que la Constitución Política tiene un alto contenido
de deberes en materia de prestación de los servicios
públicos a los ciudadanos, dentro de los aspectos más
relevantes de su articulado se encuentran: I. “Artículo
365. Los servicios públicos son inherentes a la nalidad
social del Estado. Es deber del Estado asegurar su
prestación eciente a todos los habitantes del territorio
nacional (…)”; II. “Artículo 366. El bienestar general y
el mejoramiento de la calidad de vida de la población
son nalidades sociales del Estado (…)”; y III. “Artículo
367 La ley jará las competencias y responsabilida-
des relativas a la prestación de los servicios públicos
domiciliarios, su cobertura, calidad y nanciación, y el
régimen tarifario que tendrá en cuenta además de los
criterios de costos, los de solidaridad y redistribución
de ingresos. Los servicios públicos domiciliarios se
prestarán directamente por cada municipio cuando las
características técnicas y económicas del servicio y las
conveniencias generales lo permitan y aconsejen (…)”.

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