Resolución 0806, por la cual se organizan metodologías, criterios y procedimientos que permitan integrar los Sistemas de Planeación y la Red Nacional de Bancos de Programas y Proyectos. - 8 de Septiembre de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43227277

Resolución 0806, por la cual se organizan metodologías, criterios y procedimientos que permitan integrar los Sistemas de Planeación y la Red Nacional de Bancos de Programas y Proyectos.

Número de Boletín46025

El Director del Departamento Nacional de Planeación, en ejercicio de sus facultades, en especial las que le confieren el numeral 3 del artículo 49 de la Ley 152 de 1994, los artículos 5° y 6° del Decreto 841 de 1990 y el numeral 19 artículo 4° del Decreto 195 de 2004,

RESUELVE:

Artículo 1° Metodología para la identificación, preparación y evaluación de proyectos de inversión pública

Las entidades nacionales, departamentales, distritales y municipales deberán utilizar la Metodología General Ajustada diseñada por el Departamento Nacional de Planeación para la Identificación, preparación y evaluación de proyectos de inversión pública.

Para ingresar al sistema "Banco de Proyectos de Inversión", se requiere el diligenciamiento de la Metodología General Ajustada en la versión en Excel, la cual se encuentra disponible en el portal de Internet del Departamento Nacional de Planeación.

Artículo 2° Anexo o guía sectorial

En adición a la Metodología General Ajustada mencionada en el artículo anterior, se deberá diligenciar el Anexo o Guía Sectorial respectiva, en el evento en el cual se requiera información específica. Estas Guías constituyen formatos adicionales a la Metodología General Ajustada para determinados proyectos según el sector.

Corresponderá al viabilizador del respectivo proyecto de inversión determinar si el formulador y evaluador del mismo, deberá presentar estos anexos adicionales a la Metodología General Ajustada.

Parágrafo. Los sectores que requieran de Anexos o Guías Sectoriales específicas deberán presentar su propuesta de Anexo o Guía Sectorial al Departamento Nacional de Planeación, entidad responsable de dar el aval correspondiente. Una vez se avale una Guía Sectorial, se comunicará por escrito dicho evento a las entidades nacionales y territoriales que acceden a recursos públicos y será posible exigirla por parte del viabilizador a partir de la fecha de la comunicación.

Artículo 3° Bases de datos para el Registro de Proyectos de Inversión Pública

En cumplimiento de lo establecido en el...

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