Resolución 0812 de Superintendencia Financiera, 18-04-2024 - Normativa - VLEX 1031911306

Resolución 0812 de Superintendencia Financiera, 18-04-2024

Fecha18 Abril 2024
Año2024
Número de resolución0812
___________________________________________________________________________________________
Dirección: Calle 7 No. 4 - 49 Bogotá D.C., Colombia
Conmutador: (+57) 601 594 0200 - 601 594 0201<
www.superfinanciera.gov.co
Radicación:2024055255-000-000
Fecha: 2024-04-18 22:08 Sec.día5791
Anexos: No
Trámite::773-CORRESPONDENCIA INFORMATIVA
Tipo doc::80-RESOLUCIONES
Remitente: 000000-DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE FINANCIERO
Destinatario::LPCAIZA-LYDA PATRICIA CAIZA ROSERO
RESOLUCIÓN NÚMERO 0812 DE 2024
(18 de abril)
Por la cual se acata lo dispuesto en el Decreto 500 de 2024
EL DIRECTOR DE LA DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN, INNOVACIÓN Y DESARROLLO
ENCARGADO DE LAS FUNCIONES DE SUPERINTENDENTE FINANCIERO DE COLOMBIA,
En uso de las facultades conferidas en el numeral 21 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de
2010 y,
CONSIDERANDO
PRIMERO: Que mediante Decreto No. 500 del 18 de abril de 2024, se declaró en el territorio Nacional
como día cívico de la Paz con la Naturaleza, el tercer viernes del mes de abril de cada año, con motivo
de la protección de los recursos naturales.
SEGUNDO: Que el ámbito de aplicación de la medida del Gobierno Nacional se circunscribe a las
entidades públicas de la rama ejecutiva del orden nacional tanto del nivel central como
descentralizado.
TERCERO: Que como consecuencia de la expedición del Decreto No. 500 del 18 de abril de 2024, en
la Superintendencia Financiera de Colombia el tercer viernes del mes de abril de cada año, no será
un día laboral para sus servidores y, por lo tanto, no habrá atención al público.
CUARTO: Que de conformidad con el Decreto 2555 de 2010 y la Resolución Externa No. 01 de 2018
de la Junta Directiva del Banco de la República, se asignó a la Superintendencia Financiera de
Colombia, la función y las condiciones para la expedición de certificaciones de índole económico y
financiero, con el fin de asegurar la información necesaria para el orden económico, por lo que se hace
necesario continuar cumpliendo dichas tareas.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Día Cívico. El día 19 de abril de 2024, los servidores de la Superintendencia
Financiera de Colombia no laborarán, con el fin de aportar a la disminución del consumo de energía
eléctrica y promover el ahorro del agua potable.
ARTÍCULO SEGUNDO: Día no hábil. El día 19 de abril de 2024 será un día no hábil, por tanto, no
habrá atención presencial al público.

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