Resolución 0813 de Superintendencia Financiera, 18-04-2024 - Normativa - VLEX 1031911312

Resolución 0813 de Superintendencia Financiera, 18-04-2024

Fecha18 Abril 2024
Año2024
Número de resolución0813
RESOLUCIÓN NÚMERO 0813 DE 2024 HOJA No. 1
Por la cual se adopta una suspensión de términos
________________________________________________________________________________
Dirección: Calle 7 No. 4 - 49 Bogotá D.C., Colombia Página | 1
Conmutador: (+57) 601 594 0200 - 601 594 0201
www.superfinanciera.gov.co
Radicación:2024055238-000-000
Fecha: 2024-04-18 19:50 Sec.día5657
Anexos: No
Trámite::773-CORRESPONDENCIA INFORMATIVA
Tipo doc::31-31 REMISION DE INFORMACION
Remitente: 80000-80000-DELEGATURA PARA FUNCIONES
JURISDICCIONALES
Destinatario::DEP_80000-80000-DELEGATURA PARA FUNCIONES
JURISDICCIONALES
RESOLUCIÓN NÚMERO 0813 DE 2024
( 18 de abril )
Por la cual se adopta una suspensión de términos
EL SUPERINTENDENTE DELEGADO PARA FUNCIONES JURISDICCIONALES,
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, especialmente las otorgadas por el artículo 116
de la Constitución Política, el artículo 57 -parágrafo- de la Ley 1480 de 2011, y los parágrafos 1º y 3º del
artículo 24 de la Ley 1564 de 2012, y las funciones establecidas en el artículo 11.2.1.4.14, especialmente
la referida en su numeral 1º del Decreto 2555 de 2010, y,
CONSIDERANDO:
PRIMERO: Que dentro de las funciones a cargo del Despacho del Superintendente Delegado para Funciones
Jurisdiccionales se encuentran entre otras las propias de dirigir, coordinar y controlar las funciones jurisdiccionales
a cargo de la Superintendencia Financiera de Colombia, tal como lo reconoce el numeral 1º del artículo 11.2.1.4.14,
SEGUNDO: Que el inciso final del artículo 118 del Código General del Proceso, aplicable a los procesos
jurisdiccionales que adelanta esta Superintendencia según lo establecido en el parágrafo 3° del artículo 24 ibídem,
establece que en "… los términos de días no se tomarán en cuenta los de vacancia judicial ni aquellos en que por
cualquier circunstancia permanezca cerrado el juzgado".
TERCERO: Que mediante Decreto número 0500 del 18 de abril de 2024, el Gobierno Nacional, por las motivaciones
contenidas en ese acto administrativo, resolvió “Declarar como ‘Día Cívico de la Paz con la Naturaleza’ el tercer
viernes del mes de abril de cada año, con motivo de la protección de los recursos naturales” y “Para tales efectos,
el primer día Cívico de la Paz con la Naturaleza será el 19 de abril del 2024”.

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