Resolución 082, por la cual se da cumplimiento a un fallo de tutela proferido por el Juzgado Civil del Circuito de Caucasia, Antioquia. - 6 de Julio de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43223990

Resolución 082, por la cual se da cumplimiento a un fallo de tutela proferido por el Juzgado Civil del Circuito de Caucasia, Antioquia.

EmisorVarios - Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda
Número de Boletín45961

El Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el numeral 3 del artículo del Decreto 555 de 2003, el Código Contencioso Administrativo, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 3ª de 1991, en su artículo 6º define el Subsidio Familiar de Vivienda "(¿) como un aporte estatal en dinero o en especie, otorgado por una sola vez al beneficiario con el objeto de facilitarle una solución de vivienda de interés social, sin cargo de restitución siempre que el beneficiario cumpla con las condiciones que establece la ley (¿)";

Que de conformidad con lo establecido en el Decreto 555 de 2003, corresponde al Fondo Nacional de Vivienda, administrar los recursos asignados en el Presupuesto General de la Nación en inversión para Vivienda de Interés Social Urbana;

Que el numeral 9 del artículo del Decreto 555 de 2003, establece que es función del Fondo Nacional de Vivienda "Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional (¿)";

Que la señora Diana María Molina Ochoa, identificada con la cédula de ciudadanía número 32557724 y otros, instauró acción de tutela contra el Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe ante el Juzgado Civil del Circuito de Caucasia, Distrito Judicial de Antioquia, por considerar vulnerados sus derechos constitucionales fundamentales, al debido proceso, a la igualdad, al estado de indefensión y a la posesión sobre bien inmueble;

Que el Juzgado Civil del Circuito de Caucasia profirió sentencia mediante proveído calendado el 25 de julio de 2002 tutelando los derechos fundamentales de la señora Diana María Molina Ochoa y otros, al debido proceso, la igualdad y en conexo con el derecho a vivienda digna;

Que el fallo de Tutela en su artículo 2º ordenó al Inurbe que en el término de 48 horas debía incluir todo el proyecto de vivienda del que hace parte la accionante Diana Ma ria Molina Ochoa, en el listado de las asignaciones de subsidios para vivienda de interés social;

Que igualmente el Juez de Tutela en la parte resolutiva de la sentencia dispuso se deberían efectuar las asignaciones económicas o traslados presupuestales necesarios para el cumplimiento del fallo;

Que el Inurbe mediante Resolución número 0761 del 5 de agosto de 2002, con el fin de dar cumplimiento al fallo de tutela resolvió calificar e incorporar en la lista de postulantes beneficiados a los hogares representados por las personas pertenecientes al proyecto Santa Elena Etapa II del municipio de Tarazá;

Que teniendo en cuenta que el Inurbe en el momento de dar cumplimiento al fallo tutela, no contaba con la disponibilidad presupuestal para realizar la respectiva asignación en virtud del Decreto 1374 del 2 de julio de 2002, no se hicieron las asignaciones económicas correspondientes y por lo...

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